En consecuencia, el Comité considera que los tres niveles de protección deseables son: protección estándar, protección elevada, y protección máxima. Estos niveles de protección han de corresponder con los tres tipos de torneos identificados en la Sección 2. B. A petición de un organizador del torneo y sobre la base de una buena causa, la ACC puede otorgar una dispensa temporal de los requisitos enumerados a continuación. La solicitud de dispensa deberá presentarse con antelación y describir las medidas adecuadas contra las trampas que se adapten al tamaño y el presupuesto del torneo. Los organizadores no están limitados en el número de dispensas que pueden presentar.
Los torneos que no cumplan materialmente con los requisitos anti-trampas no serán valorados. 1) Protección estándar – que se aplica a los torneos identificados en la Sección 2. B. i) Los árbitros deben recordar a los jugadores de la existencia de la nueva normativa anti-trampas;
ii) Los organizadores deben designar con claridad y detenimiento áreas para jugadores( la " zona de juego ") y para los espectadores. Los organizadores y árbitros deberán evitar que se pueda recibir cualquier información sobre ajedrez desde fuera de la " zona de juego ". Los organizadores deberán tratar, en la medida de lo posible y razonable, de evitar el contacto entre jugadores y espectadores. Si es posible, proporcionar zonas separadas para refrigerios / baños / fumadores para los jugadores y espectadores;
iii) Recomendación para adoptar al menos una medida de seguridad del anexo D; iv)
v)
vi)
Recomendación para enviar todas las partidas disponibles en formato PGN para el análisis mediante la herramienta de detección de partidas basada en Internet de la FIDE. Obligación de enviar las partidas del torneo, relacionadas con normas, en formato PGN para su análisis por la herramienta de detección de partidas basada en Internet de la FIDE;
Los organizadores están obligados a identificar las medidas anti-trampas utilizadas, al registrar el torneo con la Comisión de Calificación de la FIDE. Los organizadores que soliciten dispensas de la aplicación de medidas anti-trampas deberán hacerlo a la ACC, por lo menos 4 semanas antes del inicio del torneo;
La aplicación de la nueva Ley 11.3. b será implementada en una versión más suave al tener en cuenta el hecho de que muchos jugadores amateurs participan en un torneo después del trabajo u otras actividades sociales. Puede llegar a ser incómodo o imposible para ellos dejar todos los dispositivos fuera de la sala de juego. Por tanto, la ACC recomienda a la Comisión de Reglamentos cambiar 11.3. b para que coincida con la siguiente política:
" En los torneos abiertos a jugadores aficionados, la prohibición de introducir dispositivos electrónicos en el recinto de juego puede, y de hecho no debería aplicarse. Sin embargo, bajo ninguna circunstancia se permitirá que un jugador lleve encima un teléfono móvil u otro dispositivo capaz de procesar o transmitir análisis de ajedrez, ya sea encendido o apagado, operativo o no, durante la partida. Esto incluye, pero no se limita a, llevar un dispositivo en un bolso o en el bolsillo de una chaqueta. Cualquier jugador descubierto en posesión de un dispositivo de este tipo inmediatamente perderá su partida, con puntos de valoración calculados. Una segunda infracción durante el mismo torneo implicará la expulsión inmediata del torneo, con el nombre del jugador remitido a la ACC para una mayor investigación ".
2) Protección aumentada – que se aplica a los torneos identificados en la Sección 2. B. i) Los árbitros deben recordar a los jugadores de la existencia de la nueva normativa anti-trampas;
ii) Los organizadores deben designar con claridad y detenimiento áreas para jugadores( la " zona de juego ") y para los espectadores. Los organizadores y árbitros deberán evitar que se pueda recibir cualquier información sobre ajedrez desde fuera de la " zona de juego ". Los organizadores deberán tratar, en la medida de lo posible y razonable, de evitar el contacto entre jugadores y espectadores. Si es posible, proporcionar zonas separadas para refrigerios / baños / fumadores para los jugadores y espectadores;
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