Manual del Arbitro 2016 | Page 199

Todos los certificados tienen que ser firmada por el Árbitro Principal y la federación responsable del torneo. En caso de que el solicitante sea el Árbitro Principal del torneo, el Organizador o la Federación nacional podrán firmar el certificado.
5.3 Los certificados de normas que apoyen la solicitud de un título habrán de ser al menos de dos tipos distintos de torneos, según 2.1.1, o al menos un torneo valorado internacional de acuerdo con 4.6d, y conseguidos en torneos cuyas fechas de comienzo entren en un periodo de seis años. La solicitud habrá de ser enviada no más tarde del segundo Congreso de la FIDE posterior a la fecha del último torneo registrado. Las normas conseguidas en seminarios serán válidas por un periodo de cuatro( 4) años.
5.4 Las solicitudes serán enviadas al Secretariado de la FIDE por la federación del solicitante. La federación nacional es la encargada de abonar la tarifa correspondiente. Si la federación del solicitante rechaza la solicitud, el solicitante puede llevar el caso a la Comisión de Árbitros, que la investigará. Si se demuestra que no había razón suficiente para el rechazo, el solicitante puede apelar a la FIDE y solicitar( y pagar) por el título él mismo.
5.5 Para que las solicitudes se tomen en consideración correctamente hay un plazo de 60 días. Hay un 50 % de recargo para las solicitudes que se deban considerar en un periodo de tiempo más corto que el indicado. Aquellas que sean recibidas durante el Comité Presidencial, Comité Ejecutivo o Asamblea General serán recargadas con un suplemento del 100 %. Excepción: el recargo será ignorado si la última norma fue conseguida tan tarde que el plazo indicado no pudiera cumplirse.
5.6 La FIDE expondrá en su sitio web todas las solicitudes de títulos junto con todos los detalles con una antelación mínima a su finalización de 60 días con el objeto de poder recibir cualquier objeción a las mismas.
Todos los formularios( IT3, IA1, IA2, FA1, FA2) que se enviarán para la solicitud deben ser sellados por la federación del solicitante y serán firmados por el Oficial Federativo. Las normas enviadas( torneos) serán de dos tipos de torneos diferentes( round robin, suizo o torneo por equipos). Se permite una excepción en el caso de que todos los torneos sean por sistema suizo y que al menos uno de ellos tenga más de 100 participantes, con al menos el 30 % de ellos valorados por la FIDE y que tenga al menos 7 rondas. Las normas deben haberse obtenido en un plazo de 6 años. La norma de un Seminario Arbitral de la FIDE es válida por un plazo de 4 años. La solicitud del título debe ser enviada no más tarde del segundo congreso de la FIDE después de la fecha en la cual haya terminado el último torneo usado como norma. Las tasas para las solicitudes para títulos son: para FA, 50 euros; para IA: 100 euros.
6 Licencia de árbitros
6.1 Todo árbitro titulado en activo( Árbitro Internacional o Árbitro FIDE) y todo Árbitro Nacional que arbitre un torneo valorado por la FIDE habrán de abonar una licencia.
6.2.1 La licencia será válida de por vida, mientras el árbitro permanezca activo, y entrará en vigor el día que la FIDE reciba el pago. 6.2.2 El pago de la licencia de un Árbitro Nacional será válido de por vida. 6.2.3 Si un Árbitro Nacional consigue el título de Árbitro FIDE, habrá de abonar la licencia correspondiente a este título. 6.2.4 Si un árbitro actualiza su categoría, sólo habrá de abonar a la FIDE la diferencia.
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