Manual del Arbitro 2016 | Page 199

Todos los certificados tienen que ser firmada por el Árbitro Principal y la federación responsable del torneo . En caso de que el solicitante sea el Árbitro Principal del torneo , el Organizador o la Federación nacional podrán firmar el certificado .
5.3 Los certificados de normas que apoyen la solicitud de un título habrán de ser al menos de dos tipos distintos de torneos , según 2.1.1 , o al menos un torneo valorado internacional de acuerdo con 4.6d , y conseguidos en torneos cuyas fechas de comienzo entren en un periodo de seis años . La solicitud habrá de ser enviada no más tarde del segundo Congreso de la FIDE posterior a la fecha del último torneo registrado . Las normas conseguidas en seminarios serán válidas por un periodo de cuatro ( 4 ) años .
5.4 Las solicitudes serán enviadas al Secretariado de la FIDE por la federación del solicitante . La federación nacional es la encargada de abonar la tarifa correspondiente . Si la federación del solicitante rechaza la solicitud , el solicitante puede llevar el caso a la Comisión de Árbitros , que la investigará . Si se demuestra que no había razón suficiente para el rechazo , el solicitante puede apelar a la FIDE y solicitar ( y pagar ) por el título él mismo .
5.5 Para que las solicitudes se tomen en consideración correctamente hay un plazo de 60 días . Hay un 50 % de recargo para las solicitudes que se deban considerar en un periodo de tiempo más corto que el indicado . Aquellas que sean recibidas durante el Comité Presidencial , Comité Ejecutivo o Asamblea General serán recargadas con un suplemento del 100 %. Excepción : el recargo será ignorado si la última norma fue conseguida tan tarde que el plazo indicado no pudiera cumplirse .
5.6 La FIDE expondrá en su sitio web todas las solicitudes de títulos junto con todos los detalles con una antelación mínima a su finalización de 60 días con el objeto de poder recibir cualquier objeción a las mismas .
Todos los formularios ( IT3 , IA1 , IA2 , FA1 , FA2 ) que se enviarán para la solicitud deben ser sellados por la federación del solicitante y serán firmados por el Oficial Federativo . Las normas enviadas ( torneos ) serán de dos tipos de torneos diferentes ( round robin , suizo o torneo por equipos ). Se permite una excepción en el caso de que todos los torneos sean por sistema suizo y que al menos uno de ellos tenga más de 100 participantes , con al menos el 30 % de ellos valorados por la FIDE y que tenga al menos 7 rondas . Las normas deben haberse obtenido en un plazo de 6 años . La norma de un Seminario Arbitral de la FIDE es válida por un plazo de 4 años . La solicitud del título debe ser enviada no más tarde del segundo congreso de la FIDE después de la fecha en la cual haya terminado el último torneo usado como norma . Las tasas para las solicitudes para títulos son : para FA , 50 euros ; para IA : 100 euros .
6 Licencia de árbitros
6.1 Todo árbitro titulado en activo ( Árbitro Internacional o Árbitro FIDE ) y todo Árbitro Nacional que arbitre un torneo valorado por la FIDE habrán de abonar una licencia .
6.2.1 La licencia será válida de por vida , mientras el árbitro permanezca activo , y entrará en vigor el día que la FIDE reciba el pago . 6.2.2 El pago de la licencia de un Árbitro Nacional será válido de por vida . 6.2.3 Si un Árbitro Nacional consigue el título de Árbitro FIDE , habrá de abonar la licencia correspondiente a este título . 6.2.4 Si un árbitro actualiza su categoría , sólo habrá de abonar a la FIDE la diferencia .
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