Manual del Arbitro 2016 | Page 197

Se considera válido para norma cualquier torneo valorado por la FIDE con un mínimo de 10 jugadores, en el caso de que se juegue por sistema round Robin, con un mínimo de 6 jugadores en el caso de que se juegue por sistema round Robin a doble vuelta y con un mínimo de 20 jugadores en el caso de que se juegue por sistema suizo.
3.6 Cada título de Arbitro FIDE de la IBCA, ICSC o IPCA será considerado equivalente a una norma de AF.
3.7 Ser árbitro de mesa en una Olimpiada equivale a una norma de AF. Sólo se admitirá una de tales normas para cada título.
3.8 Ser árbitro principal o adjunto en cualquier torneo rápido o relámpago evaluado por la FIDE con un mínimo de treinta( 30) jugadores y 9 rondas equivale a una norma de AF. Sólo se admitirá una de tales normas para el título.
3.9 La asistencia al menos a un( 1) Seminario Arbitral de la FIDE y la superación( al menos el 80 %) de un examen de la Comisión de Árbitros equivale a una norma de AF. Sólo se admitirá una de tales normas para el título.
3.10 Se podrá conceder el título a solicitantes de federaciones que no puedan organizar ningún torneo válido para títulos o valoración si superan un examen( 80 %) de la Comisión de Árbitros.
Los requisitos de los epígrafes 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4 los confirma la federación del solicitante. La asistencia a un Seminario Arbitral de la FIDE y la superación con éxito( al menos el 80 %) del examen cuenta como una norma y es obligatorio para obtener el título de FA. A los solicitantes de federaciones que pertenecen al epígrafe 3.10 se les puede conceder directamente el título, en caso de que superen( al menos el 80 %) un examen de la Comisión de Árbitros en cualquier Seminario Arbitral aprobado por la FIDE.
4 Requisitos para el título de Árbitro Internacional( AI) Todos los siguientes:
4.1 Perfecto conocimiento de las Leyes del Ajedrez y de la reglamentación de la FIDE para competiciones de ajedrez, de los emparejamientos por Sistema Suizo, de la reglamentación de la FIDE para la obtención de normas de títulos y del Sistema de Valoración de la FIDE.
4.2 Absoluta objetividad, demostrada en todo momento durante su actividad como árbitro.
4.3 Conocimiento obligatorio de la lengua inglesa, como mínimo a nivel de conversación, y de los términos referentes al ajedrez en otros idiomas oficiales de la FIDE.
4.4 Capacitación como usuario para la utilización de un ordenador personal. Conocimiento de programas de emparejamientos homologados por el Comité de Emparejamiento Suizo de la FIDE, editores de texto, hojas de cálculo y correo electrónico.
4.5 Capacitación en el manejo de relojes electrónicos de diferentes tipos y para diferentes sistemas.
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