1.8
Certificados de torneos para títulos.
El Árbitro Principal debe preparar por cuadriplicado certificados de los resultados de títulos conseguidos. Estas
copias deben ser entregadas al jugador, a la federación del jugador, a la federación organizadora y a la FIDE. Es
recomendable que el jugador solicite al Árbitro Principal el certificado antes de abandonar el torneo.
El Árbitro Principal es responsable de que ese archivo TRF se remita a la FIDE.
1.9
Remisión de informes de torneos para títulos.
Estos torneos deberán ser registrados de acuerdo como en 1.11.
1.9.1 El final del torneo es la fecha de la última ronda y la fecha de envío y el fin del plazo para remitir el
torneo se calculará a partir de esa fecha.
1.9.2 El Árbitro Principal de un torneo registrado por la FIDE deberá enviar el informe, dentro de los 7 días
siguientes a su finalización, al Oficial de Valoración de la federación en la que tuvo lugar el torneo. El
Oficial de Valoración se encargará de cargar en el servidor de la FIDE el informe del torneo (archivo TRF)
no más tarde de 30 días después del final del torneo.
1.9.3 Los informes enviados con más de 90 días de retraso no serán aceptados a efectos de valoración o
títulos sin el consentimiento del Presidente de la Comisión de Calificación.
Tabla de penalizaciones por remisión tardía de informes:
Tipo/nivel del torneo
Sistema suizo
Individual y
por equipos
Otros de media <2300
Otros de media <2400
Otros de media <2500
Otros de media <2600
Otros de media ≥2600
En 30 días
En 60 días
En 90 días
Sin remisión en 90 días
200% de
recargo
300% de recargo y
sujeto a investigación y
recomendación de
penalizaciones
adicionales por la QC
1€
por jugador
60 €
90 €
120 €
150 €
100% de
recargo
1.9.4 Los informes incluirán una base de datos de por lo menos las partidas jugadas por los jugadores que
lograron resultados de títulos.
1.10 Procedimiento de solicitud de títulos de jugadores
1.10a Registro de títulos directos
El Árbitro Principal envía los resultados a la oficina de la FIDE. La oficina de la FIDE, junto al Presidente
de la CC, crea una lista de títulos posibles e informa a las federaciones implicadas. Si la federación
acuerda solicitar el título, éste es concedido.
1.10b Títulos por solicitud
La solicitud debe ser remitida y firmada por la federación del jugador. Si la federación del jugador
rechaza realizar la solicitud, éste puede apelar a la FIDE directamente y hacer él la solicitud (y el pago).
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