Manual del Arbitro 2016 | Page 168

1.4.9. Tabla 8.1a p 1.0 .99 .98 .97 .96 .95 .94 .93 .92 .91 .90 .89 .88 .87 .86 .85 .84 1.5 dp 800 677 589 538 501 470 444 422 401 383 366 351 336 322 309 296 284 p .83 .82 .81 .80 .79 .78 .77 .76 .75 .74 .73 .72 .71 .70 .69 .68 .67 dp 273 262 251 240 230 220 211 202 193 184 175 166 158 149 141 133 125 p .66 .65 .64 .63 .62 .61 .60 .59 .58 .57 .56 .55 .54 .53 .52 .51 .50 dp 117 110 102 95 87 80 72 65 57 50 43 36 29 21 14 7 0 p .49 .48 .47 .46 .45 .44 .43 .42 .41 .40 .39 .38 .37 .36 .35 .34 .33 dp ‐7 ‐14 ‐21 ‐29 ‐36 ‐43 ‐50 ‐57 ‐65 ‐72 ‐80 ‐87 ‐95 ‐102 ‐110 ‐117 ‐125 p .32 .31 .30 .29 .28 .27 .26 .25 .24 .23 .22 .21 .20 .19 .18 .17 .16 dp ‐133 ‐141 ‐149 ‐158 ‐166 ‐175 ‐184 ‐193 ‐202 ‐211 ‐220 ‐230 ‐240 ‐251 ‐262 ‐273 ‐284 p .15 .14 .13 .12 .11 .10 .09 .08 .07 .06 .05 .04 .03 .02 .01 .00 dp ‐296 ‐309 ‐322 ‐336 ‐351 ‐366 ‐383 ‐401 ‐422 ‐444 ‐470 ‐501 ‐538 ‐589 ‐677 ‐800 Requisitos para la concesión del título basado en normas. 1.5.1 Dos o más normas en torneos cubriendo al menos 27 partidas. 1.5.2 Si una norma es suficiente para más de un título, puede ser usada como parte de la solicitud de ambos. 1.5.3 Haber alcanzado en cualquier momento la valoración siguiente: GM ≥ 2500 IM ≥ 2400 WGM ≥ 2300 WIM ≥ 2200 1.5.3a 1.5.4 1.5.5 Tal valoración no necesita haber sido publicada. Puede ser conseguida en medio de un periodo de valoración, incluso en medio de un torneo. El jugador puede en ese caso descartar los resultados siguientes para la solicitud del título. No obstante, la obligación de probarlo corresponde a la federación del solicitante. Es recomendable que los jugadores reciban un certificado del Árbitro Principal indicando la consecución de la valoración correspondiente durante un torneo. Tal certificado debería incluir las fechas en las que se ha jugado cada partida. Las solicitudes para títulos basadas en valoraciones no publicadas serán aceptadas por la FIDE solamente de acuerdo con el Administrador del Sistema de Valoración y la Comisión de Calificación. Las valoraciones del medio de un periodo sólo serán confirmadas después de que se hayan recibido y valorado por la Fide todos los torneos de ese periodo. Un resultado para título es válido si es obtenido de acuerdo con el Reglamento de Títulos FIDE en vigor en la fecha del torneo en el que se obtuvo la norma. Las normas obtenidas antes del 1 de julio de 2005 habrán de registrarse en la FIDE antes del 1 de julio de 2013 o se las considerará caducadas. 168