Manual de Organización Chapantongo, Hgo. 2016 -2020 Manual de Organización - Chapantongo v.1.0 | Page 147

Facultades y Obligaciones: I. Registrar las características de los Bienes inmuebles ubicados en el territorio municipal y
II.
III.
IV.
V. darles un valor catastral con el fin de tener un padrón catastral actualizado; Integrar y mantener actualizados los registros cartográficos, numéricos, alfabético, de ubicación estadístico, histórico, evaluatorio y jurídico del Catastro Municipal; Practicar todo tipo de trabajos técnicos relacionados con la identificación y localización de predios mediante su deslinde y mesura y recabar los elementos técnicos, jurídicos, económicos, sociales, estadísticos y demás útiles para su control y registro; Deslindar, describir, clasificar, avalar e inscribir la propiedad raíz urbana, suburbana y rústica del Municipio, ya sea Federal, Estatal, Municipal o Particular; Conocer y registrar oportunamente los cambios que se operen en la propiedad inmobiliaria y que alteren los datos que se integran en la cédula catastral; VI. Formular y mantener al día los planos generales y parciales; VII.
VIII.
IX.
X.
XI.
XII.
XIII.
Registrar las características del territorio Municipal, urbanas, suburbanas y rusticas, a fin de apoyar a las diversas dependencias y entidades en las tareas propias de la planeación en el desarrollo territorial; Verificar la información catastral de los predios y solicitar a las dependencias y organismos Federales y Estatales, así como a los propietarios o poseedores de predios, los datos, documentos o informes que sean necesarios para integrar o actualizar el Catastro Municipal; Ordenar y practicar visitas de inspección domiciliaria para verificar los datos proporcionados en las declaraciones o avisos, así como para obtener la información de las características de los predios y proceder a su registro catastral cotejado; Conocer y resolver los recursos administrativos de carácter catastral que procedan en los términos de la Ley de Catastro del Estado de Hidalgo; Designar a la persona o personas que deberán practicar las visitas, inspecciones o verificaciones y expedir las constancias de identificación correspondientes; Expedir cédulas catastrales, certificaciones, constancias y demás documentos relacionados con los predios catastrales, previo el pago de los derechos correspondientes en la Tesorería; Será responsable de guardar discreción de la información que genere su área; y
XIV. Será responsable de dar buen uso al mobiliario y equipo asignado a su área.
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