Manual de Organización Chapantongo, Hgo. 2016 -2020 Manual de Organización - Chapantongo v.1.0 | Page 124

4. Establecer coordinación permanente con el Ministerio Público Federal y Estatal, a efecto de conocer a profundidad los ámbitos de competencia que le corresponden y los supuestos en que deban remitirse infractores de leyes federales o estatales, o presuntos delincuentes para que ejerzan sus prerrogativas ministeriales.
5. Analizar y calificar las infracciones de las cuales tenga conocimiento por presentación de infractores o por presentación de denuncias a las cuales deba darse seguimiento por medio de los procedimientos legales establecidos.
6. Ejercer los procedimientos conciliadores y de composición amigable en asuntos relacionados con problemas entre vecinos, siempre y cuando dichos asuntos no impliquen o representen la comisión de faltas graves o delitos que deban calificarse por partes de las autoridades ministeriales del Estado o la Federación.
7. Citar a comparecer a presuntos infractores como resultado de denuncias y quejas presentadas por vecinos en los términos que permitan los reglamentos municipales aplicables y desahogar los recursos dispuestos para que dicha presentación se lleve a cabo.
8. Avisar a infractores o denunciados para que acudan al Juzgado a responder por las imputaciones que se les hace y, en su caso a interponerlos recursos a los cuales tiene derecho.
9. Ordenar la inmediata presentación de infractores que hayan cometido faltas a la legislación del orden común o del orden federal que no puedan ser calificadas en el juzgado municipal, emitiendo el auto de presentación que deslinde las responsabilidades de las autoridades municipales sobre la calificación de los actos que correspondan.
10. Imponer las sanciones correspondientes a los infractores de reglamentos municipales; ya sea ordenando el pago de infracciones, o el arresto administrativo que deban cumplir, haciendo valer los medios coactivos dispuestos en la legislación municipal.
11. Solicitar el apoyo de la fuerza pública para evitar que, una vez presentado el infractor evada o incumpla con su obligación de resarcir la falta por los medios legales aplicables.
12. Solicitar la intervención de la autoridad ministerial para la detención de infractores que incurran en delitos y faltas múltiples, efecto que sea presentado ante la instancia calificada para atraer el caso y acumular dichas faltas.
13. Llevar la estadística del juzgado y presentarla a la Secretaría del Ayuntamiento para los fines que correspondan.
14. En caso de llegar a un convenio, levantar acta que haga constar las formas de dicho convenio, proporcionando una copia de cada una de las partes interesadas;
15. Realizar informe de actividades y entregar de manera
digital a la Contraloría Municipal.
16. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia y las demás que asigne el Presidente Municipal.
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