Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 318
Anexo Infografías
Sobre la protección a la
maternidad, paternidad y vida
familiar en el trabajo médico
DERECHO A “SALAS
Obligación del empleador siempre y
cuando hayan 20 o más trabajadoras,
CUNA”: OBLIGACIÓN
DEL EMPLEADOR DE
para alimentación y cuidados de hijos/as
menores de 2 años mientras las madres
TENER SALAS
ANEXAS E
trabajan (o quien tenga el cuidado
personal del menor de 2 años por
sentencia judicial). Aplica en horario
INDEPENDIENTES DEL
diurno y nocturno.
LOCAL DE TRABAJO
Condiciones:
· Higiene y seguridad necesarias para
funcionamiento
· En periodo de vacaciones, estableci-
mientos educacionales pueden ser
habilitados como sala cuna.
· Construcción y ampliación debe ser
aprobada por comisión técnica
correspondiente.
· Mantenimiento será de costo exclu-
sivo del Órgano de la Administración
CASO
EXCEPCIONAL:
del Estado (o Fisco) y deberá tener
persona competente a cargo.
Si el hijo/a de la funcionaria pre- · Se cumple también si se pagan los
senta una condición de salud que gastos de sala cuna directamente al
requiera cuidados especiales,
establecimiento. El empleador es el
se cumplirá la obligación a
que designará el lugar y deberá
través de un medio equivalente:
costear el pasaje de transporte
· Si por disposición médica
del menor.
debe permanecer en casa:
sala cuna con atención
domiciliaria.
· Si es una condición grave que
requiera atención de salud es-
pecial: se entregará directa-
mente a la funcionaria el di-
nero de cuerdo al presupuesto
institucional.
PREGUNTAS FRECUENTES
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