Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 316

Anexo Infografías Sobre la protección a la maternidad, paternidad y vida familiar en el trabajo médico · Es la protección especial que contempla la ley respec- to de la mujer embarazada, consistente en la imposibili- dad del empleador de poner término a su contrato de trabajo sin que exista autorización judicial previa. ¿QUÉ ES EL FUERO LABORAL? También tienen fuero quienes obtengan el cuidado personal de un menor. · El fuero se inicia cuando empieza el embarazo y se extiende hasta un año expirado el descanso postnatal, sin contar el permiso postnatal parental. · Solo se puede poner término a sus labores por causal legal, por vencimiento del plazo del contrato, conclu- sión del trabajo o servicio contratado o por conducta indebida de carácter grave debidamente acreditada del(la) trabajador(a). · El fuero sólo protege la permanencia en el organismo; no así eventuales cambios de distribución de jornada. ¿QUÉ DESCANSOS POR MATERNIDAD EXISTEN? PRENATAL: Descansos que inicia seis semanas antes de la fecha de parto, determinada por certificado médico o del matrón o matrona. Si el parto se produce después de la fecha indicada, se prorroga el prenatal hasta que éste se produzca. POSTNATAL: Descanso de 12 semanas con posterioridad al parto. Si el menor nace antes de la semana 33 de gestación o pesa menos de 1.500 gramos, se extiende por 18 semanas. POSTNATAL EXTENDIDO: En caso de partos múltiples, el postnatal aumenta en siete días por cada menor, a partir del segundo. POSTNATAL PARENTAL: Descanso adicional al postnatal, que pueden ser 12 semanas adicionales, o 18 semanas en que se reincorpora a medio tiempo. PREGUNTAS FRECUENTES 3 { Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 } pág. | 316