Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 316
Anexo Infografías
Sobre la protección a la
maternidad, paternidad y vida
familiar en el trabajo médico
· Es la protección especial que contempla la ley respec-
to de la mujer embarazada, consistente en la imposibili-
dad del empleador de poner término a su contrato de
trabajo sin que exista autorización judicial previa.
¿QUÉ ES
EL FUERO
LABORAL?
También tienen fuero quienes obtengan el cuidado
personal de un menor.
· El fuero se inicia cuando empieza el embarazo y se
extiende hasta un año expirado el descanso postnatal,
sin contar el permiso postnatal parental.
· Solo se puede poner término a sus labores por causal
legal, por vencimiento del plazo del contrato, conclu-
sión del trabajo o servicio contratado o por conducta
indebida de carácter grave debidamente acreditada
del(la) trabajador(a).
· El fuero sólo protege la permanencia en el organismo;
no así eventuales cambios de distribución de jornada.
¿QUÉ DESCANSOS
POR MATERNIDAD
EXISTEN?
PRENATAL: Descansos que inicia seis semanas
antes de la fecha de parto, determinada por
certificado médico o del matrón o matrona.
Si el parto se produce después de la fecha
indicada, se prorroga el prenatal hasta
que éste se produzca.
POSTNATAL: Descanso de 12 semanas con
posterioridad al parto. Si el menor nace antes
de la semana 33 de gestación o pesa menos
de 1.500 gramos, se extiende por 18 semanas.
POSTNATAL EXTENDIDO: En caso de partos
múltiples, el postnatal aumenta en siete días
por cada menor, a partir del segundo.
POSTNATAL PARENTAL: Descanso adicional
al postnatal, que pueden ser 12 semanas
adicionales, o 18 semanas en que
se reincorpora a medio tiempo.
PREGUNTAS FRECUENTES
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