Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 186

Capítulo III De la regulación atingente al trabajo médico Asimismo, una norma técnica aprobada mediante decreto del Ministerio de Salud determinará los formatos obligatorios a los que debe ajustarse cada tipo de receta y establecerá las Leyendas y/o símbolos que deberán contener para propender al uso racional de los medicamentos y la seguridad de la medicación. 2. RECETA MAGISTRAL Es aquella en que un profesional legalmente habilitado para ello prescribe una fórmula especial para un pacien- te determinado, la que debe elaborarse en el momento de su presentación. 3. RECETA RETENIDA Aquella a través de la cual se prescriben productos sujetos a esta condición de venta, la que deberá archivarse en el establecimiento. e) Toda receta deberá contener, en forma clara y visible a continuación de la firma del médico cirujano, la iden- tificación de la imprenta donde se confeccionaron dichas recetas, indicándose su nombre, RUT, domicilio, teléfono y ciudad. 1.B. Receta médica retenida extendida por profesionales habilitados en establecimientos asistenciales públicos y privados, para ser despachada en farmacias comerciales. a) En la parte superior izquierda de la receta, deberá contener impreso el nombre del establecimiento, Municipalidad a la que pertenece, en el caso de establecimientos municipalizados, y Servicio de Salud en cuyo territorio esté ubicado. b) A continuación, se dejará un espacio para identificar al paciente: Cuando se trate de la prescripción de estupefacientes y productos psicotrópicos cuya condición de venta es • Nombres y apellidos. receta retenida, ésta deberá ser impresa y extendida conforme lo disponen los respectivos reglamentos. • Número de cédula de identidad; si es menor de edad deberá consignarse dicho antecedente de su representante legal. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 23 del decreto supremo N° 405, y en el artículo 23 del decreto supremo N° 404, ambos de 1983, de esta Secretaría de Estado, el formato de la receta médica retenida y rece- ta cheque, se ajustarán a las siguientes normas: • Domicilio y ciudad. 1.A. Receta médica retenida: • Período que comprende el tratamiento. a) En la parte superior izquierda de la receta, deberá contener impreso los nombres y apellidos del médico cirujano, cédula de identidad, ubicación de la consulta, teléfono y ciudad. b) A continuación se dejará un espacio para identificar al paciente: nombres y apellidos, edad, número de car- net, domicilio, ciudad y fecha de emisión. c) Cuerpo de la receta donde aparece la prescripción. • Edad. c) Cuerpo de la receta donde aparece la prescripción que señalará: • Nombre genérico de la benzodiazepina. • Forma farmacéutica y dosis de presentación. • Total de unidades a despachar. • Fecha de emisión. d) Nombres y apellidos del médico cirujano que suscribe la receta y cédula de identidad consignados manual y personalmente. e) Espacio para la firma del médico cirujano que suscribe la receta. d) Espacio para la firma del médico cirujano. { Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 } pág. | 186