Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 179
Capítulo III De la regulación atingente al trabajo médico
que no porten cédula de identidad, debe
agregarse a la boleta una ficha dactiloscópica.
Para tal efecto, el médico o el funcionario
del establecimiento o móvil en quien éste
dele- gue dicha facultad debe tomar las
impresiones de las huellas dactilares de
los diez (10) dedos de la persona que se le
toma la muestra, llenando la totalidad de los
datos requeridos en los formularios de ficha
dactiloscópica que proporciona el Servicio
Médico Legal, cuyo formato referencial, a
modo explicativo, se encuentra en Anexo
Nro. 1 de la presente normativa, el que
forma parte integrante de la misma.
Con este objeto, el responsable del
establecimiento habilitado por el SML, o del
Servicio Público a cargo del móvil, deberá
tomar contacto con la Dirección Regional del
SML donde se encuentra el Establecimiento, o
el Servicio Público, donde le serán entregados
estos formularios y se le brindará la asesoría
necesaria para lle- narlos.
• Condición de la persona a quien se le
toma la muestra, expresada como: Peatón,
Conductor u otro.
• Apreciación clínica del estado de ebriedad,
según juicio del médico, con base en
anamnesis de ingesta al- cohólica (si es
posible) y detección de síntomas y signos
de la misma en el examen físico. Marcando
la celdilla correspondiente;
- Sobrio o sin signos de ingesta alcohólica
que toma la muestra, como del médico
responsable del procedimiento.
• Número de Placa y firma del funcionario
policial que solicitó la toma de la muestra.
• Número de parte policial.
• Fecha y hora del suceso que motiva el
examen, la hora expresada en formato de
24 horas (00:00 a 23:59).
• Comisaría u otra unidad policial emisora del
parte.
• Fiscalía o Tribunal donde se enviará el parte
policial.
• Huella dactilar del pulgar derecho de la
persona a quien se toma la muestra, la que
debe consignarse tanto en el original como
en la copia del documento.
Una vez completado el registro de datos en la
Boleta de Alcoholemia, el frasco se envuelve
en el original de la Boleta, mientras la copia se
reserva para la elaboración de la nómina.
El frasco rotulado sólo con el número de la
boleta y envuelto en el original de su boleta,
debe ser depositado por el médico en la caja
de seguridad.
El frasco se depositará a través del orificio de la
caja, en presencia del funcionario policial que
condujo al afec- tado y del afectado mismo, si la
condición de salud lo permite
En caso que el afectado se niegue a la extracción
de la muestra, se confeccionará igualmente la
Boleta de Al- coholemia, con todos sus datos
y muy especialmente con el registro de la
apreciación clínica, efectuada por el médico, y
que según su análisis, presentaba el usuario/a.
• Observaciones clínicas acerca de la presencia
de Traumatismo Cráneo-Encefálico o de
síntomas y/o signos del consumo de drogas
por el examinado, u otras observaciones que
sean relevantes para la determinación del
estado de ebriedad y para la interpretación
de su resultado. En el espacio dispuesto para registrar otras
observaciones, el médico dejará constancia
de la negativa, ano- tando “Rechaza toma de
muestra”, o “Se niega a la toma de muestra”.
El centro asistencial deberá consignar
claramente en la nómina al igual que en la
boleta, en forma clara, las razones por las
cuales se ha rechazado por parte del usuario/a
la toma de muestra sanguínea.
- Con signos de ingesta alcohólica o hálito
alcohólico
- Ebriedad manifiesta
- Estado de coma.
• Nombre completo, RUT (otro medio según
nacionalidad) y firma, tanto del profesional
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