Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 179

Capítulo III De la regulación atingente al trabajo médico que no porten cédula de identidad, debe agregarse a la boleta una ficha dactiloscópica. Para tal efecto, el médico o el funcionario del establecimiento o móvil en quien éste dele- gue dicha facultad debe tomar las impresiones de las huellas dactilares de los diez (10) dedos de la persona que se le toma la muestra, llenando la totalidad de los datos requeridos en los formularios de ficha dactiloscópica que proporciona el Servicio Médico Legal, cuyo formato referencial, a modo explicativo, se encuentra en Anexo Nro. 1 de la presente normativa, el que forma parte integrante de la misma. Con este objeto, el responsable del establecimiento habilitado por el SML, o del Servicio Público a cargo del móvil, deberá tomar contacto con la Dirección Regional del SML donde se encuentra el Establecimiento, o el Servicio Público, donde le serán entregados estos formularios y se le brindará la asesoría necesaria para lle- narlos. • Condición de la persona a quien se le toma la muestra, expresada como: Peatón, Conductor u otro. • Apreciación clínica del estado de ebriedad, según juicio del médico, con base en anamnesis de ingesta al- cohólica (si es posible) y detección de síntomas y signos de la misma en el examen físico. Marcando la celdilla correspondiente; - Sobrio o sin signos de ingesta alcohólica que toma la muestra, como del médico responsable del procedimiento. • Número de Placa y firma del funcionario policial que solicitó la toma de la muestra. • Número de parte policial. • Fecha y hora del suceso que motiva el examen, la hora expresada en formato de 24 horas (00:00 a 23:59). • Comisaría u otra unidad policial emisora del parte. • Fiscalía o Tribunal donde se enviará el parte policial. • Huella dactilar del pulgar derecho de la persona a quien se toma la muestra, la que debe consignarse tanto en el original como en la copia del documento. Una vez completado el registro de datos en la Boleta de Alcoholemia, el frasco se envuelve en el original de la Boleta, mientras la copia se reserva para la elaboración de la nómina. El frasco rotulado sólo con el número de la boleta y envuelto en el original de su boleta, debe ser depositado por el médico en la caja de seguridad. El frasco se depositará a través del orificio de la caja, en presencia del funcionario policial que condujo al afec- tado y del afectado mismo, si la condición de salud lo permite En caso que el afectado se niegue a la extracción de la muestra, se confeccionará igualmente la Boleta de Al- coholemia, con todos sus datos y muy especialmente con el registro de la apreciación clínica, efectuada por el médico, y que según su análisis, presentaba el usuario/a. • Observaciones clínicas acerca de la presencia de Traumatismo Cráneo-Encefálico o de síntomas y/o signos del consumo de drogas por el examinado, u otras observaciones que sean relevantes para la determinación del estado de ebriedad y para la interpretación de su resultado. En el espacio dispuesto para registrar otras observaciones, el médico dejará constancia de la negativa, ano- tando “Rechaza toma de muestra”, o “Se niega a la toma de muestra”. El centro asistencial deberá consignar claramente en la nómina al igual que en la boleta, en forma clara, las razones por las cuales se ha rechazado por parte del usuario/a la toma de muestra sanguínea. - Con signos de ingesta alcohólica o hálito alcohólico - Ebriedad manifiesta - Estado de coma. • Nombre completo, RUT (otro medio según nacionalidad) y firma, tanto del profesional { Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 } pág. | 179