Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 155
Capítulo III De la regulación atingente al trabajo médico
denuncia, su confirmación, fecha de inicio de
los síntomas, lugar de aislamiento, exámenes
practicados, antecedentes epidemiológicos
y de vacunación.
• En caso de TBC, indicar si se trata de un
caso nuevo o recaída, y localización.
• Identificación del profesional que notifica,
RUT y su firma.
Tratándose de enfermedades de transmisión
sexual, podrá omitirse el nombre y apellidos del
paciente, indicándose en su reemplazo el RUT,
así como su domicilio, consignándose en este
caso sólo la comuna que corresponda.
3. NOTIFICACIÓN A TRAVÉS DE CENTROS
CENTINELAS.
• Influenza
• Infecciones Respiratorias Agudas
3. CONSTANCIA DE
INFORMACIÓN AL PACIENTE GES
Fuente: División de Gestión de la Red Asistencial
– Subsecretaría de Redes Asistenciales,
Ministerio de Salud.
INTRODUCCIÓN
Ante el diagnóstico de una enfermedad
contemplada en las Garantías Explícitas en
Salud, el médico tiene obligación de informar
al paciente de las garantías que el Estado
entrega para la atención de dicha enferme- dad
en cuatro dimensiones: garantías de acceso,
oportunidad, calidad y protección financiera.
En el presente documento, la Subsecretaría
de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud
informa respecto de la obligación de dichas
notificaciones. Además se adjunta formulario
realizado por la Superintendencia de Salud
para tales efectos y un listado actualizado de
Patologías GES.
• Diarreas
• Enfermedades de Transmisión Sexual
(excepto Gonorrea, Sífilis y VIH/SIDA)
• Varicela
Las enfermedades de declaración a través de
establecimientos centinelas, contempladas en
la letra c) del artículo 1º deberán ser notificadas
en cuanto al número de casos semanales, según
sexo y grupos de edad, una vez confirmado el
diagnóstico en el respectivo establecimiento
centinela, enviándose el o (los) formulario(s)
correspondiente(s) semanalmente, incluyendo
los datos de laboratorio, a la autoridad sanitaria
competente, desde donde se remitirán al
Ministerio de Salud con igual periodicidad.
Ministerio de Salud
Subsecretaria de Redes Asistenciales
División de Gestión de la Red Asistencial
“CONSTANCIA DE INFORMACIÓN AL
PACIENTE GES”
Las Garantías Explícitas en Salud (GES),
constituyen un conjunto de beneficios
garantizados por Ley para las personas afiliadas
al Fonasa y a las Isapres.
En el ámbito de la “Constancia de Información
al paciente GES”, el artículo 24 de la Ley 19.966,
señala “los presta- dores de salud deberán
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