Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 117

Capítulo II Del ejercicio profesional médico iguales, viéndose como pares el profesional y la persona natural o jurídica que contrata sus servicios profesionales. Ello es radicalmente opuesto en el contrato de trabajo, donde el trabajador se ve como la parte débil de la relación, ante el poder (económico, jurídico y disciplinario) del empleador, lo que motiva el otorgamiento de un alto grado de protección. Otra característica del contrato a honorarios se da por el plazo de prescripción para cobrarlos. De acuerdo al artículo 2521 del Código Civil, los honorarios, entre ellos, los de médicos cirujanos, prescriben en dos años, y para su cobro, es necesario iniciar una acción ante el respectivo juzgado de letras en lo civil. 2) OPCIONES DEL PROFESIONAL QUE SE DESEMPEÑA A HONORARIOS De lo expresado se desprende que el elemento esencialmente diferenciador entre un contrato de trabajo y un contrato a honorarios lo constituye el vínculo de subordinación o dependencia. En atención a dicho vínculo, es que, en los casos en que se busca disfrazar una relación laboral con la forma de un contrato a honorarios, los Tribunales Laborales han considerado como sujetos de derechos laborales, no solo a aquellos trabajadores que poseen un contrato de trabajo, sino que también, a aquellos trabajadores que cumplen con todos los elementos esenciales de una relación laboral y que no son reconocidos como tales por sus empleadores. Es por ello, que una de las opciones que se debe evaluar con un abogado, consiste en la posibilidad de demandar la declaración de existencia de relación laboral. Al respecto, se hace presente que la acción para obtener la declaración de existencia de relación laboral, es una vía aun en desarrollo para los profesionales médicos. En primer término, están las dificultades probatorias, ya que muchas veces no hay documentos o testigos que puedan concurrir a declarar. En segundo lugar, está lo que se denomina, el principio de los actos propios, muy atendido por los jueces laborales. En virtud del mismo, si el profesional se benefició de la devolución de impuestos, más aun cuando existió planificación tributaria a través de una sociedad, el juez estima que la { Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 } parte no actúa de buena fe al demandar, ya que generalmente es una reacción al término de una relación, donde la propia parte se benefició. Finalmente, está el riesgo de que, declarándose la existencia de relación laboral, el juez considere que el empleador no tuvo obligación de retener cotizaciones, por lo que no debía enterarlas, y el trabajador puede quedar privado de las cotizaciones de dichos periodos. De esta forma, la demanda por existencia de relación laboral es un procedimiento que puede solucionar la forma de precarización laboral, pero es necesario tener presente las dificultades de la misma. En este punto, y en relación al ejercicio de acciones por parte de médicos que se desempeñan a honorarios, se debe tener presente o que puede ocurrir en el caso de prestar los servicios personales en el sector público. En el mes de diciembre del año 2018, se sometió a conocimiento y decisión del Tribunal Constitucional el caso de una Municipalidad con un profesional contratado a honorarios, y esa magistratura determinó, a propósito de una demanda por tutela laboral que los funcionarios del Estado no pueden recurrir a Tribunales Laborales. En tal situación, cada servicio demandado podría recurrir al Tribunal Constitucional para intentar anular las sentencias favorables para los profesionales en comento. 7. LA PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD, PATERNIDAD Y VIDA FAMILIAR EN LA ACTIVIDAD MÉDICA. La constitución de una familia, el embarazo, el nacimiento de un hijo(a), la pérdida de un familiar o conviviente, todos ellos son hechos que marcan la vida de una persona, más allá de su condición de trabajador. Es por ello, que la legislación laboral contempla una serie de beneficios, protecciones, y permisos, con el fin de compatibilizar el rol de toda persona en su lugar de trabajo, con los acontecimientos propios de la vida de toda persona y el desarrollo de su vida personal. pág. | 117