Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 100

Capítulo II Del ejercicio profesional médico noviembre, lo que no se aviene a la cantidad de años de servicio prestados por la recurrente para la institución, que fueron continuos en virtud de las sucesivas renovaciones de su contrato, contrariándose con tal proceder el principio de confianza legítima del funcionario. En conclusión, el principio de confianza legítima es una construcción doctrinal y jurisprudencial desarrollada principalmente a través de pronunciamientos de los Tribunales Superiores de Justicia en el contexto de fallos de recursos de protección de funcionarios públicos, y de Dictámenes de Contraloría General de la República, en el marco de requerimientos a este órgano Contralor, de pronunciarse sobre la legalidad y prudencia de resolver terminar la contrata de un funcionario público, después de un cierto periodo de tiempo. No existe en nuestro ordenamiento jurídico, actualmente una norma que reconozca formalmente la existencia del principio de confianza legítima respecto de los funcionarios públicos a contrata, en consecuencia, las vías de tutela de derechos de estos funcionarios hoy es principalmente el recurso de protección, cuyos resultados varían en sentencias favorables y desfavorables indiscriminadamente, dependiendo el caso concreto. 4. LOS PROGRAMAS DE ESPECIALIZACIÓN MÉDICA 4.1. GENERALIDADES Uno de los atractivos concretos que pueden observarse al momento de ingresar como profesional funcionarios a los establecimientos de los Servicios de Salud, es la posibilidad de acceder a los cupos y al financiamiento que la misma Administración del Estado ofrece a aquellos que han permanecido o que se comprometan a permanecer en el servicio público. Ello, porque uno de los procesos más relevantes para los médicos que inician su carrera funcionaria, es su especialización en alguna rama de la medicina. Por supuesto que existe la posibilidad de que el médico pueda financiar { Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 } pág. | 100