Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 268
Capítulo IV Recomendaciones para una Medicina Segura
de los hombres y los afiliados a alguna de las
instituciones de previsión del régimen antiguo
administrado por el Instituto de Previsión
Social (IPS) o estén afiliados a la Dirección de
Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) o
a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional
(CAPREDENA).
La base imponible para el calculo de la cotización
como trabajador o trabajadora independiente
es equivalente al 80% del conjunto de las rentas
anuales brutas gravadas en el año anterior a
la Declaración de Impuesto a la Renta (F22) y
se pagará en dicha declaración, es decir, el
pago se realizará de forma anual y con cargo a
la devolución de impuestos a la renta del año
anterior.
Para este año, el desembolso de realizará en
la Declaración Anual de Impuesto a la Renta
Formulario N° 22 año tributario 2020, dando
cobertura para las prestaciones desde julio de
2020 hasta junio de 2021.
Es necesario mencionar que la Ley N° 21.133
aumenta gradualmente la retención del artículo
74 N° 2 de la Ley Sobre Impuesto a la Renta de
un 10% a:
Por otra parte, la ley antes mencionada
establece que los pagos se efectuarán en el
siguiente orden:
1. Seguro de Invalidez y Sobrevivencia;
2. Seguro Social contra Riesgos de Accidentes
del Trabajo y Enfermedades Profesionales;
3. Seguro para el Acompañamiento de Niños
y Niñas;
4. Salud;
5. Las cotizaciones a la cuenta de capitalización
individual y la comisión a la que tienen
derecho las Administradoras de Fondos de
Pensiones;
6. Los saldos
cotizaciones
anteriores.
insolutos pendientes de
de pensiones de años
Desde el año 2019 hasta el año 2028 los
trabajadores y trabajadoras independientes
tendrán la posibilidad de cotizar con distintas
coberturas en la seguridad social:
a. Cotizar por el total que establece la ley
optando a una cobertura completa.
b. Cotizar por una base imponible inferior a
la que establece la ley con derecho a una
cobertura parcial, obteniendo parte de la
devolución de impuestos.
Se podrá acceder a través del Sitio Web del
Servicio de Impuestos Internos a un certificado
que indique que las cotizaciones fueron
canceladas en el periodo correspondiente.
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