Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 178
Capítulo III De la regulación atingente al trabajo médico
6. INSTRUCCIONES PARA
REALIZACIÓN DE EXÁMENES DE
ALCOHOLEMIA
Fuente: Resolución 8833 EXENTA de 3 de septiembre
de 2010 y Resolución 856 EXENTA de 29 de marzo de
2018 – Servicio Médico Legal.
INTRODUCCIÓN
La toma de exámenes de alcoholemia es un
procedimiento que se encuentra regulado
por la autoridad y en el que es preciso seguir
un debido protocolo de acción. El presente
documento recoge una síntesis del protocolo
establecido, el que se puede consultar a mayor
abundamiento en la Resolución 8833 EXENTA.
Dicha resolu- ción, fue actualizada por la
resolución 856 exenta, de fecha 29 de marzo de
2018.
La extracción de la muestra se realizará en
cualquier establecimiento de salud habilitado
por el Servicio Médico Legal, o móviles
habilitados para la toma de muestra.
La extracción será ejecutada a solicitud de
funcionarios de Carabineros de Chile o de la
Policía de Investigacio- nes, o de particulares, en
caso de exámenes de alcoholemia voluntarios.
La extracción debe ser efectuada por un médico
cirujano, quien será responsable de comprobar
la identidad de la persona con su respectiva
cédula de identidad u otro documento que
acredite identificación del país de origen, en
caso de ciudadanos extranjeros, en presencia
del funcionario policial.
El profesional médico podrá delegar el
acto mismo de la extracción, en personal
calificado de su dependencia, manteniendo
su responsabilidad en cuanto a fiscalizar
adecuadamente la identidad del examinado y el
cumpli- miento de las normas técnicas que se
imparten en el presente instructivo.
{ Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 }
PROCEDIMIENTO:
1. Se deben usar material desechable.
2. Aseptización de la piel en zona de punción
utilizando algodón o equivalente con
jabón desinfectante del tipo triclosan 1%
o equivalente, o solución de mercurio o
solución de lugol. No usar alcohol, solu- ción
alcohólica de yodo ni otros desinfectantes
que contengan alcohol.
3. Recibir la sangre en frascos con
anticoagulante y agente preservante, los que
serán proporcionados- por los laboratorios
de análisis del Servicio Médico Legal.
4. El frasco se debe llenar completamente,
para evitar la volatilización del alcohol que
pudiese contener.
5. Junto con extraer las muestras, se extenderá
una boleta de atención en el establecimiento
habilitado por el SML, en duplicado, la cual
debe contener la misma numeración que el
frasco que contenga la muestra evitando
registrar en el frasco datos personales
(nombre y RUT).
La boleta debe estar escrita con letra imprenta y
contendrá los siguientes datos:
• Nombre del Establecimiento de Salud o
individualización del Móvil habilitado.
• Número o identificación de tubo (debe
coincidir con número o identificación de
boleta).
• Fecha y hora de la toma de muestra, la hora
expresada en formato de 24 horas, (00:00 a
23:59 horas.).
• Nombre completo de la persona a quien
pertenece la muestra de sangre.
• Número de Cédula de Identidad o
documento de identificación del país de
origen.
• Edad y género.
• En caso de personas no identificadas, o
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