Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 123

Capítulo II Del ejercicio profesional médico cuestionar la realización de ciertas conductas contrarias a la dignidad de las personas, es que se vuelve necesario precisar lo que ocurre en relación con la regulación de la discriminación en el ámbito laboral, desde una óptica de prevención de este tipo de actos, así como para otorgar herramientas de defensa a quienes los experimenten. 8.1.3. REQUISITOS QUE DEBEN CONCURRIR PARA QUE EXISTA EL ACOSO LABORAL. Para que exista efectivamente una situación de acoso laboral, se deben cumplir al menos tres circunstancias: Discriminación en atención al género, orientación sexual, problemas derivados del acoso o maltrato laboral, son algunos de los ejemplos de conductas contrarias a la dignidad humana. El presente apartado, tiene la finalidad de informar a los médicos y médicas en esta materia, tanto en lo relativo a sus derechos, así como las vías por las que ello puede realizarse. Del mismo modo, a través de la información, se pretende evitar la comisión de estos actos, promoviendo el respeto por la dignidad de toda persona en su ambiente laboral. 8.1. ACOSO LABORAL. 8.1.1. ¿QUÉ ES EL ACOSO LABORAL? Conforme al artículo 2° del Código del Trabajo, se entiende por acoso laboral toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo. En el caso de funcionarios públicos, el acoso laboral se sanciona en el artículo 84 letra m), tanto del Estatuto Administrativo y en el artículo 82 letra m) del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. Ambos textos legales remiten su definición al artículo 2° del Código del Trabajo. 8.1.2. ¿QUIÉN PUEDE REALIZAR CONDUCTAS CONSTITUTIVAS DE ACOSO LABORAL? El acoso, tanto el laboral como el sexual, puede provenir del empleador, jefatura, un colega o par, así como de personas que se encuentren bajo la víctima dentro de la jerarquía de la empresa o institución. { Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 } pág. | 123