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Idoneidad de una persona para
realizar actos jurídicos y ejercer
sus derechos con validez. No
poseen esta capacidad aquellas
personas que carecen de la
efectiva capacidad de querer (por
causas
como
enfermedad,
minoría de edad, etc.).
Aptitud
para ser titular de derechos y
obligaciones, adquirida al nacer.
Valor de los bienes en propiedad de una persona o empresa. Se puede
utilizar como anónimo de fondos propios, esto es, capital social más reservas.
Es el capital aportado por los/as accionistas de una
sociedad, que figura en la escritura de constitución con las modificaciones que
legalmente se realicen, puede estar desembolsado totalmente o no.
Capital aportado por los/as accionistas que constituye el
patrimonio social que les otorga sus derechos sociales. Su ampliación o reducción
deberá cumplir una serie de requisitos formales para garantía de personas
acreedoras potenciales.
Es una orden de pago a la vista, pura y simple, que permite a su
librador o libradora retirar en beneficio propio, o en el de una tercera persona, los
fondos que tiene disponibles en el banco.
Convocatoria ante la autoridad judicial que especifica el lugar, fecha y
hora en la que debe presentarse la persona citada.
Disposición de un documento qu