MAGAZINE DE NEGOCIOS #14 OCT-NOV 2016 | Page 46

Las “palancas básicas” del Ordenamiento Jurídico, son los PRINCIPIOS; Las Fuentes Normativas; Las Instituciones y los Procedimientos a través de los cuales se toman decisiones (P-F-I-P). Es difícil pensar algún área del Derecho internacional o nacional donde no concurran estos cuatro componentes que como un “Balance Scorecard jurídico”, tiene en ellos (P-F-I-P) a sus pilares tanto para el Diseño, y Control de Gestión del Sistema de Poder.

En el Ordenamiento Jurídico político, las elecciones populares, son el procedimiento, y la oportunidad que tienen los ciudadanos según el principio democrático, para definir a través de un procedimiento de sufragio, quiénes tendrán la responsabilidad y privilegio de conducir las instituciones del Estado, funadamentalmente el porder del estado y legislativo , y donde la extensión de la participación ciudadana estará sujeta a lo que indica una Constitución Política, ya que en algunos países como Estados Unidos, se eligen ciertos niveles de Judicatura y Poder de Investigación Penal.

Por cierto, una vez establecidos los clásicos Poderes democráticos de Jurisdicción, Legislación y Gobierno, que generan frenos y contrapesos de poder, como articulara el pensador inglés John Locke y desarrollaran los “padres fundadores” de la Constitución de USA, corresponderá a estos poderes clásicos, generalmente de modo conjunto, asistir al nombramiento de altos cargos de jurisdicción, poder monetario, fuerzas armadas, control constitucional o administrativo, poder monetario, o poder investigador, entre otros.

Es por esto que la consecuencia del VOTO, durante un ciclo de poder que se entrega a los funcionarios políticos electos, es determinante sobre el IDEARIO del país, ya que entrega atribuciones o poderes públicos que los romanos denominaban “imperio”, o atribución de hacerlos exigibles incluso por la vía de la fuerza.

Pensemos en Chile, donde el Presidente de la República por la Constitución Política es un Co-legislador, y en la práctica el principal legislador al tener iniciativa legislativa exclusiva en temas presupuestarios, financieros y de diseño de la estructura administrativa, convierte a la Presidencia de la República en el orden jerárquico piramidal de cúspide en la Jefatura no solo del Gobierno y Administración del Estado, sino que además la Jefatura de Estado, donde quedan radicadas atribuciones tan relevantes como la seguridad exterior, y la conducción de las relaciones internacionales.

En estas grandes tareas el Presidente de la República, en Chile lo debe hacer pensando y actuando según los Intereses del País, así como lo señala la Constitución Política ¿Cuáles son estos intereses superiores? Para una comprensión de ellos, se requiere tener una visión de estado, la cual integrando elementos del ethos del País, sepa dirigirlo de un modo determinante y sabio, hacia un bienestar de la población que construya bien común, y permita cumplir con Fines del Estado tan relevantes como la protección de la seguridad, salud, y derechos y garantías como la vida, la libertad, la igualdad de oportunidades, y condiciones de Desarrollo para las generaciones presentes, que sean mejores a las pasadas y así sucesivamente en un PROGRESO nacional.

En la República de Chile como el Presidente de la República es elegido por sufragio directo, tiene una legitimiddad de origen que justifica las atribuciones exorbitantes que concentra, y la alta carga de responsabilidad en eldieario del país.

elecciones

y el poder presidencial

una mirada pais y regionalista