Antecedentes Históricos en el Ordenamiento Colombiano
En la Constitución de 1.991, se consagra en los
siguientes términos:
«Toda persona tiene derecho a presentar peticiones
respetuosas a las autoridades por motivos de interés
general o particular y a obtener pronta resolución. El
legislador podrá reglamentar su ejercicio ante
organizaciones privadas para garantizar los derechos
fundamentales.»