maestro Derecho de Petición | Page 7

Antecedentes Históricos en el Ordenamiento Colombiano En la Constitución de 1.991, se consagra en los siguientes términos: «Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.»