Actinobacilosis
DICTAMEN
Art.61-Decreto 369/983
Cuando se constate la presencia actinobacilosis se tendrá en
cuenta lo siguiente:
a) Se procederá al decomiso total de las carcasas y
órganos correspondientes en los casos de comprobarse
lesiones de actinobacilosis generalizada, entendiéndose
por tales aquellas en que la distribución de las lesiones
sean consecuencia del ingreso del agente etiológico al
sistema circulatorio.