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EJÉRCITO DEL PERÚ
El Ejército es la institución encargada de orga-
nizar y preparar la fuerza para disuadir amena-
zas y proteger al Perú de agresiones contra su
independencia, soberanía e integridad territo-
rial; asumir el control del orden interno, según
la Constitución Política; y participar en la defen-
sa civil y el desarrollo socioeconómico del país,
así como en operaciones de paz derivadas de
acuerdos internacionales.
El Ejército del Perú, en el marco de sus compe-
tencias y de acuerdo con lo establecido en la
Constitución Política del Perú y el Decreto Legis-
lativo 1137 de la Ley del Ejército del Perú, cum-
ple las siguientes funciones:
1. Garantizar la independencia, soberanía e
integridad territorial de la República, en el
ámbito de su competencia.
2. Ejercer el control, la vigilancia y la defensa
del territorio nacional, en concordancia con
la normatividad legal vigente.
3. Participar en el control del orden interno, de
acuerdo con lo establecido en la Constitu-
ción Política del Perú y la normatividad legal
vigente.
4. Participar en la ejecución de las políticas de
Estado en materia de seguridad y defensa
nacional.
5. Desarrollar actividades de inteligencia orien-
tadas a la seguridad y defensa nacional en el
ámbito de su competencia.
6. Participar en la ejecución de las políticas de
Estado en materia de desarrollo económico
y social del país, defensa civil, ciencia y tec-
nología, objetos arqueológicos e históricos,
asuntos antárticos, asuntos amazónicos y de
protección del medio ambiente, de acuerdo
con la normatividad legal vigente.
7. Conducir las acciones de preparación, for-
mación, capacitación, especialización, per-
feccionamiento, entrenamiento, manteni-
miento y equipamiento del Componente
Terrestre de las Fuerzas Armadas, en función
de los objetivos y de las Políticas de Seguri-
dad y Defensa Nacional.
8. Participar en operaciones de paz convocadas
por la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) u otros organismos internacionales.
9. Participar en la implementación y conduc-
ción del Sistema de Vigilancia de Fronteras.
10. Desarrollar la investigación académica y
científico-tecnológica, en el ámbito de su
competencia, actuando por sí o en colabo-
ración con otras instituciones nacionales o
extranjeras.
11. Participar con los organismos de otros sec-
tores en la formulación de los objetivos y
políticas para el desarrollo de los intereses
nacionales.
12. Gestionar ante el Ministerio de Defensa el
patrocinio del personal militar sometido a
investigaciones o procesos judiciales como
consecuencia del ejercicio de sus funciones.
13. Las demás que se señalen por ley.
Se rige por la Constitución Política del Perú, por
su ley de organización y funciones, y demás nor-
mas legales pertinentes. El Comandante General
del Ejército es designado por el Presidente de la
República y depende del Ministro de Defensa.
Respecto a las reservas, el Comando de Reserva
de Movilización del Ejército (COREMOVE) es el
órgano encargado de planear las acciones de
ejecución inmediata, dirigir y controlar la prepa-
ración y ejecución de la movilización del Ejérci-
to, para apoyar las operaciones del componente
terrestre de los comandos operacionales.
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