justicia y en el desarrollo integral y equilibrado
de la Nación. Asimismo, es deber del Estado
establecer y ejecutar la política de fronteras
y promover la integración, particularmente
latinoamericana, así como el desarrollo
y la cohesión de las zonas fronterizas, en
concordancia con la política exterior”.
Asimismo, el artículo 43 establece que “El Esta-
do es uno e indivisible. Su gobierno es unitario,
representativo y descentralizado, y se organiza
según el principio de la separación de poderes”.
22
El poder del Estado emana del pueblo, según el
artículo 45 de nuestra Constitución, y quienes
lo ejercen lo hacen con las limitaciones y res-
ponsabilidades que ésta y las leyes establecen;
textualmente se indica que “Ninguna persona,
organización, Fuerza Armada, Policía Nacional
o sector de la población puede arrogarse el ejer-
cicio de ese poder. Hacerlo constituye rebelión
o sedición”.
03
EL TERRITORIO
“Es el elemento físico del Estado, compren-
de el suelo, el subsuelo, las aguas de los la-
gos, ríos, pluviales y el mar adyacente, el
lecho y subsuelo marino, fluvial y lacustre y,
el espacio aéreo que los cubre. Comprende
también, el patrimoni