Ley ISR | Page 47

Congreso de la Republica de Guatemala persona unida por relación de parentesco, por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado. El término persona en esta sección se refiere a personas naturales, jurídicas y demás organizaciones con o sin personalidad jurídica. B. También se consideran partes relacionadas: 1. Una persona residente en Guatemala y un distribuidor o agente exclusivo de la misma residente en el extranjero. 2. Un distribuidor o agente exclusivo residente en Guatemala de una entidad residente en el exterior y esta última. 3. Una persona residente en Guatemala y sus establecimientos permanentes en el extranjero. 4. Un establecimiento permanente situado en Guatemala y su casa matriz residente en el exterior, otro establecimiento permanente de la misma o una persona con ella relacionada. *Suspendida su vigencia hasta el 1 de enero del año 2015, por el Artículo 27, del Decreto Del Congreso Número 19-2013 el 21-12-2013 ARTICULO 57.* Ámbito objetivo de aplicación. El ámbito de aplicación de las normas de valoración de las operaciones entre partes relacionadas alcanza a cualquier operación que se realice entre la persona residente en Guatemala con la residente en el extranjero, y tenga efectos en la determinación de la base imponible del período en el que se realiza la operación y en los siguientes períodos. *Suspendida su vigencia hasta el 1 de enero del año 2015, por el el Artículo 27, del Decreto Del Congreso Número 19-2013 el 21-12-2013 ARTICULO 58.* Análisis de operaciones comparables. Para el análisis de operaciones comparables se procederá de la manera siguiente: -Material con fines educativos elaborados por CENSAT-