LEY DE DESFIBRILACIÓN PÚBLICA
Ley 4077 - Se instituye la obligatoriedad de contar con un desfibrilador externo automático
en lugares de concurrencia masiva
Buenos Aires, 1º de diciembre de 2011
Publicación en el B.O.: 07/02/2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Obligatoriedad de contar con un desfibrilador externo automático (DEA) en lugares de
concurrencia masiva
Artículo 1°.- lnstitúyese, con carácter obligatorio, la adquisición, puesta en funcionamiento
y mantenimiento para la correcta utilización de un Desfibrilador Externo Automático
(DEA), en los lugares públicos y privados de concurrencia masiva o de alto riesgo en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2º.- Las obligaciones establecidas en la presente Ley estarán a cargo del propietario,
locatario o administrador del lugar, según el caso.
Art. 3°.- Los establecimientos comprendidos por esta Ley deberán contar, en todo momento
de actividad o permanencia de personas, con personal capacitado técnicamente para el uso
de DEA, y promover el entrenamiento y capacitación de sus agentes en técnicas de
resucitación cardiopulmonar (RCP) básica, de conformidad con la Ley 3665.
Art.4°.- La Autoridad de Aplicación deberá:
a.- Determinar los parámetros de concurrencia masiva y de alto riesgo en los términos de la
presente Ley.
b.- Establecer un cronograma para la progresiva implementación en los ámbitos alcanzados
por la Ley, comenzando por los de mayor concurrencia.
c.- Determinar la capacitación exigida en los términos del artículo 3°.
d.- Realizar la promoción y difusión de la presente Ley.
e.- Suscribir convenios con aquellas instituciones que realicen capacitación al personal y
miembros de la comunidad de acuerdo a los parámetros exigidos.
f.- Establecer cualquier otra disposición que colabore con la mejor implementación de la
Ley.
Art. 5°.- El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente será sancionado
progresivamente con penas de:
a) Apercibimiento.
b) Suspensión del establecimiento de concurrencia masiva.
c) Clausura.