1. Realizar registros de personas e inspecciones de domicilios, instalaciones y vehículos, naves, aeronaves y objetos, de acuerdo a la Constitución y la ley.
2. Ingresar gratuitamente a los espectáculos públicos y tener pase libre en vehículos de transporte público masivo, cuando sea necesario para el cumplimiento de sus funciones.
3. Poseer, portar y usar armas de fuego de conformidad con la Constitución y la ley.
4. Intervenir, citar y detener a las personas de conformidad con la Constitución y la ley.
5. Intervenir como conciliador en los casos de conflicto que no constituyan delitos o faltas que alteren el orden y la tranquilidad pública.
6. Ejercer las demás facultades que le señalen la Constitución y las leyes.