La Playa Panama - Volume 12, January 2014 | Page 15
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JANUARY / ENERO 2014
Elaborando un Testamento en Panamá
En principio como extranjero, Ud.
tiene derecho a disponer de sus
bienes en panamá por medio de un
testamento bien escrito en su país
natal, el cual podría ser válido en
Panamá. Sin embargo, es necesario verificar los tratados entre
Panamá y el país correspondiente
a su testamento extranjero para
determinar la validez del mismo y
las consiguientes consecuencias
legales.
C
on una reciente mudanza al
Panamá desde los Estados
Unidos,
estábamos
abrumados con tener todos los
documentos legales listos: cédula,
licencias de conducir, seguro
médico, compra del automóvil y
seguro, etc. Habíamos realizado
los trámites pertinentes en EE.UU.
y nuestro patrimonio estaba
incluido en nuestro testamento en
los EE.UU. pero no pensamos
acerca de la necesidad de contar
con un testamento en Panamá.
Nuestro primer paso era realizar
una “Carta de Deseos”. Es un
documento muy simple (la nuestra
contiene seis líneas cada una), que
simplemente declara que ante el
deceso de uno de los esposos, el
esposo sobreviviente seria el
beneficiario de la parte correspondiente al esposo fallecido. En caso
del deceso de ambos conyugues,
la Carta de Deseos contiene un
listado de los beneficiarios de la
sociedad conyugal. Nuestra Carta
de Deseos solo cubre la sociedad
conyugal, ya que la casa y la tierra
en donde se encuentra son los
únicos ítems que forman parte de
la sociedad conyugal. Nos quedamos en posesión del original de la
Carta de Deseos (uno por cada
cónyuge), y nuestro abogado
retiene una copia.
Tratamos de que los beneficiarios
fueran listados en nuestra cuenta
bancaria del Panamá. Nuestro
banco requiere que los beneficiarios sean expedidores, lo que
significa que deben declarar la
cuenta bancaria extranjera en los
EE.UU. (lo cual los sujetaría a
consecuencias impositivas en los
EE.UU.). También los expedidores
tienen acceso directo a la cuenta
bancaria. Así que luego de consultar con nuestro abogado, decidimos que necesitábamos de un
testamento panameño.
El proceso de obtener un
testamento en Panamá es un
proceso formal que requiere de un
abogado y de intérpretes para
aquellos que no posean fluidez en
el idioma español. Ambos conyu-
gues necesitan tener su propio
testamento por separado, debido a
que en Panamá, al contrario de en
EE.UU., no existen testamentos
conjuntos, y una tercera parte no
puede realizar un testamento bajo
los procedimientos legales de un
poder delegado. Nosotros elaboramos nuestros testamentos en
inglés hasta que nos aseguramos
que
representaban
nuestras
intenciones. Dos intérpretes de
nuestra elección prepararon los
documentos en español. Si el
escribano o testigo no conoce
personalmente a la persona que
realiza el testamento, la identidad
de la persona debe ser confirmada
(mediante un pasaporte, cédula o
ambos). Preparar el testamento
requiere que Ud. considere todas
las cuentas bancarias y bienes
materiales en su posesión. El
proceso es formal, intrincado y
debe ser tomado con seriedad. En
la lectura y firma de nuestro
testamento, nuestro abogado e
intérpretes estuvieron presentes
como testigos. Luego de la lectura
de los testamentos, se le indicó a
cada uno que firmara el testamento
personal al mismo tiempo que se
tomó una foto durante la firma,
junto con una huella digital, y luego
fue firmado por los cuatro testigos.
Si Ud. fallece sin contar con un
testamento, sus bienes serán
pasados al conyugue sobreviviente
y los hijos. Si no existe un conyugue sobreviviente, sus bienes
serán pasados a sus hijos o los
padres que le sobrevivan o los
niet