La internacionalización de la empresa y el plan de exportación enero 2014 | Page 208
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CREDITO DOCUMENTARIO CONTRA NEGOCIACION. El crédito es disponible contra presentación
de los documentos y de un efecto, a la vista o a plazo, librado contra el Banco emisor o contra el
ordenante del crédito. El Banco negociador se limita a financiar al beneficiario por cuenta del Banco
emisor. El Banco negociador compra por cuenta del emisor los derechos del beneficiario sobre el
crédito. Puede ser negociado por cualquier Banco.
CREDITO DOCUMENTARIO CONTRA PAGO. Se paga al beneficiario contra presentación de los documentos indicados en el crédito. El crédito es disponible sin efectos. En el caso de pago a la vista
puede exigir un efecto librado por el beneficiario contra el Banco determinado en el crédito. Debe
designar un Banco pagador que puede ser el propio emisor. Si es pagadero A LA VISTA y confirmado por el Banco pagador designado, este no puede demorar el pago en espera de los fondos, previa
comprobación de los documentos. Si es pagadero a PLAZO y confirmado, el Banco confirmador
se compromete contra entrega de documentos a pagar al vencimiento. Si no fuese confirmado, el
Banco puede comunicar que toma los documentos sin compromiso. El vencimiento puede estar
fijado mediante: un plazo, fecha recepción mercancía, fecha embarque mercancía, fecha entrega de
documentos, etc.
CREDITO DOCUMENTARIO IRREVOCABLE. El crédito no puede ser modificado o cancelado sin el
acuerdo del Banco emisor, Banco confirmador (si lo hubiese) y del beneficiario. Es un compromiso
en firme por parte del Banco emisor en favor del exportador. NOTA IMPORTANTE: a falta de una
indicación clara en el crédito, éste será considerado como irrevocable. El Crédito Documentario
Irrevocable, puede ser confirmado o no confirmado.
CREDITO DOCUMENTARIO REVOCABLE. Pueden ser anulados o modificados por el Banco emisor
en cualquier momento y sin tener que avisar al beneficiario. Sin embargo el Banco emisor queda
obligado por todos los pagos, compromisos, aceptaciones o negociaciones efectuadas con anterioridad al recibo de la notificación de modificación o cancelación. Se desaconseja absolutamente
su uso, ya que no es un compromiso de pago en firme. En la práctica no se emplean nunca, salvo
contadas excepciones.
CREDITO DOCUMENTARIO TRANSFERIBLE. Un Crédito Documentario Transferible es emitido a
favor de un beneficiario que no es quien produce la mercancía sino un intermediario, que ha establecido un contrato de venta con un comprador, pero depende de una tercera parte (el exportador),
para suministrar la mercancía a su cliente. Especialmente indicado para las Trading Companys. El
beneficiario puede dar instrucciones al Banco pagador, aceptador o negociador para que el crédito
sea utilizable, parcial o totalmente, por uno o más beneficiarios de su país o de otro país. Si se quiere
que un Crédito Documentario sea Transferible, hay que especificarlo en las condiciones del crédito,
indicando la mención: transferible.
CREDITO DOCUMENTARIO. Es un convenio en virtud del cual un Banco (Banco Emisor), obrando a
petición de un cliente (ordenante) y de conformidad con sus instrucciones, se obliga a efectuar un
pago a un tercero (beneficiario) o autoriza a otro Banco a efectuar dicho pago, contra presentación
de los documentos exigidos dentro del tiempo límite especificando, siempre y cuando se hayan
cumplido los términos y condiciones del crédito.
CREDITO STAND-BY. Un crédito Stand-by es usado como un sustituto de un aval. Es un aval de
ejecución documentaria sujeto a los URU´s. Se pueden usar en cualquier tipo de transacción y están
basados en el concepto de incumplimiento de contrato por parte del ordenante del crédito Stand-by.
CS. Congestion Surcharge.
CTBL. Combined Transport Bill of Lading. Documento de transporte multimodal.
CY. Container Yard. Almacén de contenedores
CHARTER PARTY. Si un exportador contrata un buque tramping el documento emitido es el B/L
Charter Party. No está regido por los mismos criterios que un B/L normal.
DACON. Base de Datos del Banco Mundial sobre Consultores.
DAF. Incoterm. Franco Frontera