La internacionalización de la empresa y el plan de exportación enero 2014 | Page 205
Glosario
ACP. Países de Africa, Caribe y Pacífico.
AD VALOREM. Arancel basado en un porcentaje del valor de la carga.
ADR. Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera.
AELC. Acuerdo Europeo de Libre Comercio. Desde 1958. Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
ANSEA. Asociación de Naciones del Sudeste Asiático. Desde 1967. Miembros: Brunei, Malasia, Filipinas, Singapur y Tailandia. Papua Nueva-Guinea, Vietnam y Laos son observadores. Corea del Sur
posee un estatuto especial.
ANZUS. Desde 1951 entre Australia, Estados Unidos y Nueva Zelanda.
APEC. Cooperación Económica en Asia Pacífico. Desde 1989. Miembros: Brunei, Malasia, Filipinas,
Indonesia, Singapur, Tailandia, Australia, Nueva Zelanda, Japón, USA, Canadá, México, Papúa Nueva Guinea, Corea del Sur, China, Taiwan y Hong Kong.
ARBITRAJE. Método de resolver disputas que suele obligar a las partes implicadas.
ATP. Acuerdo Internacional sobre Transporte Internacional de Mercancías Perecederas y sobre Vehículos
Especiales.
AVERIA GRUESA. Cuando se ha hecho intencionada y razonablemente un daño o sacrificio de la
mercancía con el objetivo de preservar un buque y/ o las otras mercancías.
AVISO DE EXPEDICION. Es el documento con que el expedidor comunica al designado en la orden
de expedición que se ha llevado a cabo el envío de mercancías.
BACK TO BACK.
Cuando el beneficiario del crédito no es el proveedor final de la mercancía y el crédito recibido no es
transferible, el exportador puede solicitar a su Banco que emita un nuevo crédito documentario respaldado por el primer crédito recibido. Son dos créditos distintos (a diferencia del transferible). Son
operaciones muy complejas y con elevado riesgo para los bancos.
BAF (Bunker Adjustement Factor). Factor de Ajuste de Combustible. Influye en el cálculo del flete.
BAFD. Banco Africano de Desarrollo.
BANCO ACEPTADOR. Similar al Banco pagador, pero en este caso, acepta un efecto al vencimiento
en lugar de pagar o comprometerse al pago.
BANCO AVISADOR. Es el Banco corresponsal del Banco emisor en el país del exportador. Solo adquiere el compromiso de avisar al beneficiario de la apertura del crédito.
BANCO CONFIRMADOR. Garantiza el pago por parte del Banco emisor. Se usa cuando las garantías
que ofrece el Banco emisor no se consideran suficientes. Suele ser el Banco avisador.
BANCO EMISOR. Banco elegido por el importador. Confecciona y realiza la apertura del crédito.
Paga el crédito si se cumplen las condiciones exigidas en el mismo. Es el Banco del Importador.
BANCO NEGOCIADOR. Compra (descuenta) un efecto al exportador. Aunque el pago suela ser diferido, el exportador cobra a la vista (con o sin intereses).
BANCO PAGADOR. Generalmente es un Banco en el país del exportador, que recibe el mandato del
Banco emisor para pagar o comprometerse al pago contra presentación de la documentación exigida. Para el exportador es conveniente que exista un Banco pagador en su país.
BAsD. Banco Asiático de Desarrollo.
BC-Net. Red de Cooperación Empresarial
BEI. Banco Europeo de Inversiones.
BENEFICIARIO. Persona a cuyo favor se emite el crédito y que puede exigir el pago al Banco emisor
o al pagador una vez ha cumplido las condiciones estipuladas en el crédito. Es el exportador.
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