Artículo 4 - Preservación de la vida en la Tierra Las generaciones
actuales tienen la responsabilidad de legar a las generaciones
futuras un planeta que en un futuro no esté irreversiblemente
dañado por la actividad del ser humano. Al recibir la Tierra en
herencia temporal, cada generación debe procurar utilizar los
recursos naturales razonablemente y atender a que no se
comprometa la vida con modificaciones nocivas de los ecosistemas
y a que el progreso científico y técnico en todos los ámbitos no
cause perjuicios a la vida en la Tierra.
Artículo 5 - Protección del medio ambiente
I.
Para que las generaciones futuras puedan disfrutar de la
riqueza de los ecosistemas de la Tierra, las generaciones actuales
deben luchar en pro del desarrollo sostenible y preservar las
condiciones de la vida y, especialmente, la calidad e integridad del
medio ambiente.
II.
Las generaciones actuales deben cuidar de que las generaciones
futuras no se expongan a una contaminación que pueda poner en
peligro su salud o su propia existencia.
II.
Las generaciones actuales han de preservar para las
generaciones futuras los recursos naturales necesarios para el
sustento y el desarrollo de la vida humana.
V.
Antes de emprender grandes proyectos, las generaciones
actuales deben tener en cuenta sus posibles consecuencias para las
generaciones futuras.
Artículo 6 - Genoma humano y diversidad biológica Ha de
protegerse el genoma humano, respetándose plenamente la
dignidad de la persona humana y los derechos humanos, y
preservarse la diversidad biológica. El progreso científico y
tecnológico no debe perjudicar ni comprometer de ningún modo la
preservación de la especie humana ni de otras especies.