Historia del Mercado de Tortosa LLIBRE+MERCAT+DE+TORTOSA+FINAL | Page 131

DIARIO DE TORTOSA - 23 de Septiembre 1887 Por nuestro Ayuntamiento se resolvió en su última sesión, la cesantía del Maestro de Obras, auxiliar del Arquitecto Municipal, D. José Mª Vaqué, fundándose la Corporación en que no prestaba ningún servicio, y apenas asistía a las oficinas Municipales. EL ORDEN - 25 de Septiembre de 1887 Ha sido destituido del cargo de auxiliar el Arquitecto Municipal, el maestro de obras D. José Mª Vaquer. -------------------------- Sabíamos que ayer, en virtud de ordenes terminantes, que el Sr. Gobernados Civil había pasado al Sr. Alcalde de esta ciudad, el tablajero D. Juan Painous, quedaba autorizado para expender carnes frescas en su domicilio particular. ----------------------------- El viernes salió una Comisión compuesta de un Teniente de Alcalde, Secretario del Ayuntamiento y D. Tomás García, (Director del Banco de Tortosa) para influir al lado de la primera Autoridad Civil de la provincia, a fin de que se obligara a todos a concurrir al Mercado para la venta de carnes. ----------------------------- Tenemos entendido que se prepara una gran manifestación de todo el vecindario, para pedir que el concesionario del Mercado, cumpla todos los pactos del pliego de condiciones de la subasta, una vez que se quiere hacer prevalecer con tanta insistencia y en perjuicio de tercero, el artículo 16 de dicho pliego. Las cosas van agravándose y es preciso dejar satisfecho al público. --------------------------- El público se extraña que con el pretexto de salubridad pública, no se deje expender carne al tablajero Juan Painous en su casa particular, siendo así que todas las carnes que se venden en la plaza, son revisadas antes por el veterinario y registradas en la administración de consumos, parra el pago de los derechos. El Banco de Tortosa, terminado el Mercado, no desea competencia; todos han de someterse a sus reglamentos para que el negocio sea redondo. LA VOZ DEL PROGRESO - 25 de Septiembre de 1887 Según tenemos entendido, parece que los propietarios de las casas situadas en la Plaza de la Constitución, van a elevar una instancia al Iltre. Sr. Gobernador de esta provincia, solicitando de dicha autoridad se les ampare en los derechos de propiedad que les asisten para arrendar a cualesquiera vendedores de géneros al por menor, sin excepción de ninguna clase, vulnerados indirectamente por el acuerdo tomado por este Excmo. Ayuntamiento, al prohibir a los tablajeros y vendedores de carnes frescas, la venta de sus artículos en edificios de propiedad particular. Sabido es, que los dichos tablajeros ocupaban los soportales de las casas de la Plaza de la Constitución, declarados de propiedad particular, y por lo mismo, esta disposición tomada por el Ayuntamiento, tiende de un modo indirecto a limitar el dominio pleno que en dichas propiedades tienen evidentemente los referidos dueños de las casas a que nos referimos. En vista de esto, creemos que la superior autoridad de la provincia, con el recto proceder que imprime a todos sus actos, no desatenderá la pretensión de los - 131 -