HC HUMAN CAPITAL MAGAZINE NOVIEMBRE 2019 | Page 12
Hilario Vázquez Urbano
Licenciado en Derecho, Maestro en Derecho Corporativo, ha cursado
Maestría en Derecho Fiscal y Maestría en Impuestos; Conferencista y
Catedrático Universitario; Consultor Jurídico, Abogado Fiscalista, y Director
General de la firma “Vázquez & Verduzco Legal Advisors and Tax Lawyers”
LA REFORMA PENAL FISCAL
Y LA FRACTURA DEL ESTADO DE DERECHO
D
urante la actual administra-
ción federal se han llevado a
cabo reformas legales en di-
versas materias. El mes pasado
fue aprobada por la Cámara de Diputados
la llamada “reforma penal fiscal”, median-
te la cual se adicionan delitos y sanciones
en materia fiscal federal, previéndose ma-
yores sanciones para las actividades que
se considera impactan directamente en la
recaudación estatal, reformándose la Ley
Federal contra la Delincuencia Organiza-
da, la Ley de Seguridad Nacional, el Códi-
go Nacional de Procedimientos Penales, el
Código Fiscal de la Federación y el Código
Penal Federal.
» Por lo que hace a la compra o venta de facturas
falsas, se reformó el Código Fiscal de la Federación,
previendo una sanción de dos a nueve años de
prisión, al que por sí o por interpósita persona,
expida, enajene, compre o adquiera comprobantes
fiscales que amparen operaciones inexistentes,
falsas o actos jurídicos simulados. La pena prevista
anteriormente era de tres a seis años. Así mismo
se establece que se castigará con las mismas penas
para quien ofrezca o comercialice facturas apócrifas.
» Por lo que hace al contrabando y a la defrauda-
ción fiscal, han sido equiparados a delincuencia
organizada y por tanto se prevé que quienes los
cometan serán sancionados como miembros de la
delincuencia organizada, considerándose que come-
te el delito de defraudación fiscal quien con uso de
engaños o aprovechamiento de errores, omita total
o parcialmente el pago de alguna contribución u ob-
tenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco
federal, pero se sancionarán como miembros de la
delincuencia organizada sólo cuando el monto de lo
defraudado supere 7 millones 804 mil 230 pesos.
Además, se prevé que se sancione como miembros
de la delincuencia organizada a quienes expidan o
enajenen facturas apócrifas cuando éstas amparen
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Es necesario se combata con todo el
rigor del Estado los hechos que real-
mente representan un atentado a los
bienes más preciados que tenemos, la
vida y la libertad, antes de iniciar una
feroz cacería contra quienes las auto-
ridades consideran evasores fiscales,
hoy, considerados y equiparados a la
verdadera delincuencia organizada.
operaciones que superen los 7 millones 804 mil
230 pesos.
» Por lo que hace a la Ley de Seguridad Nacional, aho-
ra se consideran amenaza a la seguridad nacional los
actos ilícitos en contra del fisco, entre éstos, el con-
trabando, defraudación fiscal y la expedición venta,
enajenación, compra o adquisición de comprobantes
que amparen operaciones inexistentes, falsas, o
actos jurídicos simulados, es decir, facturas apócrifas.
Para los mencionados delitos el Código Nacional de
Procedimiento Penales establece los supuestos o
montos por los que ameritarán prisión preventiva.
Días después de aprobada la reforma fiscal
penal, acaecieron en la ciudad de Culiacán,
Sinaloa, los lamentables hechos hoy por to-
dos conocidos, en que las fuerzas de orden
fueron superadas por la delincuencia orga-
nizada en hechos violentos que atentaron
contra la vida e integridad de la ciudadanía,
llegando al extremo de dejar en libertad a
presuntos delincuentes cuya detención ha-
bía sido ejecutada. ¿Cómo justificar las san-
ciones penales por evasión fiscal, cuando la
violencia generada por el crimen organiza-
do supera a las instituciones del Estado?, no
existe justificación alguna. Por un lado se
imponen fuertes sanciones como la prisión
preventiva a casos de defraudación fiscal y
por otro, se permite la libertad y libre ope-
ración de la verdadera delincuencia organi-
zada, lo que evidentemente demuestra que
el Estado de derecho se ha visto fracturado.
El llamado Estado de derecho, se conci-
be como un modelo de orden para un país
por el cual todos los miembros de una so-
ciedad se consideran igualmente sujetos a
la ley, siendo responsabilidad de los órganos
estatales la aplicación estricta de dicho mar-
co normativo, y de encausar los esfuerzos
necesarios para le preminencia de la ley
ante cualquier acontecimiento. Por lo que
al ceder a peticiones de la delincuencia or-
ganizada, las instituciones gubernamentales
han quedado superadas, y han fallado con
su función de garantizar la seguridad de la
población y de velar por el respeto irrestric-
to de nuestro sistema jurídico.
Inconcebible resulta se pretenda pena-
lizar y perseguir presuntas operaciones de
evasión y elusión fiscal, con mayor rigor
que las actividades del crimen organizado.
¿Dónde queda la autoridad moral de nues-
tros representantes? Si bien el fenómeno de
la proliferación de empresas fantasmas y la
comercialización de facturas apócrifas ha
impactado la recaudación tributaria, nues-
tro país sufre problemas más apremiantes,
como los actos de violencia, los cuales evi-
dencian las debilidad de las instituciones
públicas encargadas de la seguridad.