LOS VERBOS RECTORES EN EL DELITO DE LA TRATA
DE PERSONAS
Licdo. Juan Ramón Araujo López
L
a norma penal de tipo
sustantivo,
que
permite desarrollar el
derecho punitivo del Estado,
enumerando una lista de
conductas reprochables y
perseguibles,
que
básicamente lesionan el
interés y los derechos, de
las personas, del Estado
mismo o bien, de la
sociedad en su conjunto,
forman parte del Código
Penal.
Cada delito tipo tiene sus
propias características, su
naturaleza y se define a sí
mismo en una tipificación
casi universal, cuenta para
ello con algunos elementos,
como los medios comisivos
y los verbos rectores.
El verbo representa una
acción y es la parte más
importante en una oración;
y como el tipo penal se
describe en una oración
gramatical; y, generalmente,
los actos perseguidos como
delitos constituyen acciones
que se materializan en
conductas y como prescribe
un principio de derecho
constitucional argentino, no
hay delito sin conducta, es
necesario
siempre
la
existencia de un verbo
rector; es decir, en cada
delito, tenemos la tarea de
encontrar el verbo rector,
que vendría siendo el
núcleo rector del delito.
En el caso del delito de la
trata de personas, que