Gestión del Riesgo en Colombia Gestion Riesgo Banco Mundial Colombia | Page 322

5.1.2. Contingencias fiscales para el Estado asociadas a la falta de claridad en los marcos de política 5.1.2.1. Contingencias en programas de atención y recuperación postdesastre por falta de claridad en las políticas Luego de un desastre el Estado debe adelantar varias tareas, entre las cuales la aten- ción a la población afectada es la que presen- ta mayor dificultad para la estimación de sus costos. En un desastre, el Estado tiene la obli- gación de rescatar y proteger a la población en peligro, y también debe restablecer la prestación de los servicios que están a su cargo, sobre los cuales tiene información que le permite definir la estrategia del caso. Durante la reconstrucción debe encargarse de su propia infraestructura, pero también de velar por el bienestar de la po- blación en “debilidad manifiesta”, la reconstruc- ción del tejido social y, hasta donde lo considere necesario, contribuir a reponer las pérdidas ma- teriales y reparar los daños ocasionados a dicha población, con el fin de que pueda retornar a la normalidad. La incertidumbre sobre quiénes hacen parte de la población en “debilidad ma- nifiesta” y hasta dónde deben ser apoyados, hace que esta tarea del Estado sea la más incierta en términos de costos. La Constitución y la ley son flexibles en cuanto a la responsabilidad del Estado ante los damnificados, permitiendo que ésta se defina de acuerdo con sus capacidades. Como se mencionó en el párrafo anterior, la responsabilidad del Estado frente a los afecta- dos por desastres se limita a aquellas personas que se encuentran en condición de “debilidad manifiesta”, y la interpretación de la Corte al respecto ha sido que el Estado debe responder en la medida de sus capacidades. Esto le otorga flexibilidad al gobierno sobre sus alcances y la forma de actuar, pero al mismo tiempo, genera incertidumbre tanto para el Estado como para los posibles damnificados. El legislador podría reducir la incertidumbre asignando responsa- bilidades específicas con nuevas leyes; o bien existe la posibilidad de que el Estado mismo defina sus obligaciones a través de instrumen- tos de política. Lo anterior permitiría maximi- zar la flexibilidad al mismo tiempo que reducir la incertidumbre. Por la ausencia de una política previa o de mayor desarrollo normativo sobre la aten- ción a la población damnificada, el Estado está obligado a tomar decisiones durante la crisis, lo que termina generando tratamientos dife- renciales, que en consecuencias fiscales no son fáciles de cuantificar. A continuación se enun- cian algunos ejemplos de diferentes decisiones coyunturales recientes y sus consecuencias: • Durante la reconstrucción después del de- sastre del Eje Cafetero, el FOREC ofreció subsidios de reparación a todas las vivien- das afectadas sin importar el estrato social, mientras que las resoluciones del gobierno con respecto a la atención del episodio de La Niña 2010-2011 están dirigidas a la pobla- ción de estratos 1 y 2 principalmente. • La decisión del FOREC de otorgar un sub- sidio de reparación para todas las viviendas afectadas fue modificada por orden judicial, argumentando el derecho a la vida; se obligó al FOREC a destinar el subsidio no sólo para reparar, sino para reforzar estructuralmente las casas afectadas. La ausencia de políticas claras en esta materia resultó en costos im- previstos para el Estado. • La decisión de llevar a las personas afectadas a alojamientos temporales condicionó, en el caso del Eje Cafetero, a que el FOREC tuviera la necesidad de asignar subsidios para vivien- das nuevas a todas las familias damnificadas Responsabilidad pública y privada en la gestión del riesgo de desastres 297