Gestión del Riesgo en Colombia Gestion Riesgo Banco Mundial Colombia | Page 300

varía dependiendo de la escala del evento. Para determinar las necesidades de financiación de la respuesta del Estado ante desastres se necesita la definición de su responsabilidad respecto a las afectaciones de los estratos bajos. Los recursos requeridos por el Estado para atender los desastres varían en razón de su magnitud y frecuencia. En caso de que el Estado decida asumir la responsabilidad por los daños a los estratos 1 y 2, no hay informa- ción suficiente para determinar las necesidades de financiación de los eventos de baja frecuen- cia/alto costo, pero en el caso del fenómeno de La Niña 2010-2011, las inversiones presupues- tadas fueron del orden de US$ 16 mil millones, diez veces más que en el caso del terremoto del Eje Cafetero. Modelos de evaluación del riesgo más refinados y precisos son fundamentales para optimizar el aseguramiento de los activos públicos y privados frente a los desastres. En la actualidad el Gobierno (a través de la Su- perintendencia Financiera y en coordinación con Fasecolda) busca promover el uso de téc- nicas avanzadas de evaluación del riesgo, de las pérdidas máximas probables y de las primas, con el fin de impulsar una alianza entre el sector público y privado para mejorar el componente financiero de la gestión del riesgo en el país. 4.3.4. Avances y consideraciones en la construcción de una estrategia de gestión fiscal de la respuesta del Estado ante los desastres Además de tener los instrumentos presentados anteriormente en las secciones 4.3.1 y 4.3.2, el Estado colombiano ha identi- ficado la necesidad de adoptar una estrategia integral de gestión fiscal de su respuesta ante los desastres, consciente de que tanto los ins- trumentos como las fuentes están desarticu- ladas y no cuentan con recursos suficientes. Los recursos asignados anualmente al FNC han sido insuficientes para atender los desastres me- nores ocurridos anualmente, su presupuesto ha tenido que ser adicionado, y a pesar de ello nun- ca ha superado el 10% de las pérdidas estimadas. Además, cuando los desastres son de escala na- cional la capacidad del FNC es desbordada y el Estado debe acudir a la consecución de fuentes de recursos que no estaban previstas. Por estas razones, en los últimos Planes Nacionales de Desarrollo (2002-2006, 2006-2010 y 2010-2014) se ha incluido la necesidad de formular una es- trategia para la gestión financiera del riesgo de desastres y de definir la responsabilidad del Es- tado frente a los procesos de reconstrucción. El retraso en la adopción de dicha es- trategia se debe en parte a que no existe una entidad o dependencia claramente responsa- ble de la gestión fiscal de los desastres, y aun- que existe un marco legal para la gestión de los pasivos contingentes, no considera a los desastres como una de las fuentes de riesgo fiscal del Estado. La Ley 819 de 2003 estable- ció la obligación de incluir en el marco fiscal de mediano plazo del Estado una relación anual de los pasivos contingentes originados en ope- raciones de crédito público, contratos admi- nistrativos y sentencias y conciliaciones, como respuesta a los desequilibrios presupuestales que se presentaron durante la década de 1990 por contratos de concesiones privadas que ge- neraron altas erogaciones públicas no previstas. En razón a su origen, esta Ley, aunque debe- ría, no menciona los desastres como fuente de riesgo fiscal. Por otra parte, la Subdirección de Riesgo de la Dirección General de Crédito Público y el Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que lidera desde el 2003 la gestión de los pasivos contingentes, y si bien ha estado interesada en darle un manejo Manejo del riesgo de desastres en la gestión sectorial 275