Gestión del Riesgo en Colombia Gestion Riesgo Banco Mundial Colombia | Page 172

tres, cuáles son los actores que deben intervenir en los diferentes niveles territoriales, cuáles son sus funciones específicas y responsabilidades y cómo se articulan para aunar esfuerzos de acuer- do a las capacidades y recursos, asegurando de esta manera el cumplimiento de los principios de concurrencia, subsidiaridad y complemen- tariedad establecidos en la Constitución. En cuanto a las situaciones de materialización del riesgo es indispensable que se reglamenten de manera explícita las tipologías de las diferentes situaciones (emergencia, desastres, calamidad), compatibilizando la figura de la grave calami- dad pública de la que trata el art. 215 CP para la hipótesis de que sobrevengan hechos que el Presidente de la República estime que revisten ese carácter con la normativa actual de declara- ción de desastre, la cual establece el Decreto Ley 919 de 1989, y se regulen las responsabilidades e instrumentos de los procesos de recuperación (rehabilitación y reconstrucción). Los puntos de contacto entre la legislación sectorial y la temá- tica del riesgo de desastres deben ser fortaleci- dos, como se verá más adelante en el Capítulo 4, y la participación e intervención de las personas privadas en la gestión del riesgo requiere de re- gulaciones específicas, como se mostrará de for- ma más amplia en el Capítulo 5. Reorganizar el Sistema, fortaleciendo técnica y financieramente la capacidad de ges- tión de los diferentes niveles territoriales y la participación del sector privado. Es necesaria una transformación tanto normativa como es- tructural del Sistema, en relación a su misión, su visión y los objetivos de la acción del Estado y de la sociedad ante el riesgo y el desastre. En el marco de las políticas y los elementos regu- latorios se requiere de una armonización del Sistema con la Constitución, teniendo en cuenta una adecuación a los principios y orientaciones que allí se consagran. Además, es indispensable introducir la conceptualización de una visión amplia de gestión del riesgo en sustitución de la noción actual de desastre 29 , reducir la duplicidad de funciones y la ineficiencia, y establecer me- canismos que aseguren el esfuerzo coordinado, para que todos los actores involucrados tengan claridad sobre la dirección del Sistema y sobre sus aportes para lograr los objetivos propuestos. • Constituir el nivel local como base del SNPAD y como su principal espacio de in- tervención. El desarrollo de los principios de autonomía y participación establecidos por la Constitución Política de 1991, deben proponer estructuras flexibles que se aco- moden a las condiciones del territorio y que puedan establecer relaciones no sólo verti- cales (hacia los niveles territoriales superio- res), sino especialmente horizontales (hacia otras unidades del mismo nivel territorial), y a instituir cuáles son los canales y las fun- ciones de participación de la ciudadanía en este tema. La creación de dependencias ad- ministrativas especializadas en gestión del riesgo parece ser una condición importante para el éxito de la gestión. La estructura for- mal de los Comités debe ser reemplazada por la estructura normal de la administra- ción local y regional, cuya gestión y toma de decisiones deben estar orientadas por la planeación. El alcalde debe incluir en el Plan de Desarrollo, elaborado con base en su programa de gobierno, el componente de inversiones del POT en lo relacionado con la gestión del riesgo. • Fortalecer el nivel departamental en su rol articulador entre lo nacional y lo local y en- tre los municipios de su jurisdicción. Le co- rresponde al nivel departamental coordinar la 29 Como lo hace el Proyecto de Ley propuesto radicado en el Congreso de la República en julio 2011 (Ingeniar Ltda., 2011). Riesgo de desastres en la gestión pública 147