Gestión del Riesgo en Colombia Gestion Riesgo Banco Mundial Colombia | Page 172
tres, cuáles son los actores que deben intervenir
en los diferentes niveles territoriales, cuáles son
sus funciones específicas y responsabilidades y
cómo se articulan para aunar esfuerzos de acuer-
do a las capacidades y recursos, asegurando de
esta manera el cumplimiento de los principios
de concurrencia, subsidiaridad y complemen-
tariedad establecidos en la Constitución. En
cuanto a las situaciones de materialización del
riesgo es indispensable que se reglamenten de
manera explícita las tipologías de las diferentes
situaciones (emergencia, desastres, calamidad),
compatibilizando la figura de la grave calami-
dad pública de la que trata el art. 215 CP para
la hipótesis de que sobrevengan hechos que el
Presidente de la República estime que revisten
ese carácter con la normativa actual de declara-
ción de desastre, la cual establece el Decreto Ley
919 de 1989, y se regulen las responsabilidades
e instrumentos de los procesos de recuperación
(rehabilitación y reconstrucción). Los puntos de
contacto entre la legislación sectorial y la temá-
tica del riesgo de desastres deben ser fortaleci-
dos, como se verá más adelante en el Capítulo 4,
y la participación e intervención de las personas
privadas en la gestión del riesgo requiere de re-
gulaciones específicas, como se mostrará de for-
ma más amplia en el Capítulo 5.
Reorganizar el Sistema, fortaleciendo
técnica y financieramente la capacidad de ges-
tión de los diferentes niveles territoriales y la
participación del sector privado. Es necesaria
una transformación tanto normativa como es-
tructural del Sistema, en relación a su misión,
su visión y los objetivos de la acción del Estado
y de la sociedad ante el riesgo y el desastre. En
el marco de las políticas y los elementos regu-
latorios se requiere de una armonización del
Sistema con la Constitución, teniendo en cuenta
una adecuación a los principios y orientaciones
que allí se consagran. Además, es indispensable
introducir la conceptualización de una visión
amplia de gestión del riesgo en sustitución de la
noción actual de desastre 29 , reducir la duplicidad
de funciones y la ineficiencia, y establecer me-
canismos que aseguren el esfuerzo coordinado,
para que todos los actores involucrados tengan
claridad sobre la dirección del Sistema y sobre
sus aportes para lograr los objetivos propuestos.
• Constituir el nivel local como base del
SNPAD y como su principal espacio de in-
tervención. El desarrollo de los principios
de autonomía y participación establecidos
por la Constitución Política de 1991, deben
proponer estructuras flexibles que se aco-
moden a las condiciones del territorio y que
puedan establecer relaciones no sólo verti-
cales (hacia los niveles territoriales superio-
res), sino especialmente horizontales (hacia
otras unidades del mismo nivel territorial),
y a instituir cuáles son los canales y las fun-
ciones de participación de la ciudadanía en
este tema. La creación de dependencias ad-
ministrativas especializadas en gestión del
riesgo parece ser una condición importante
para el éxito de la gestión. La estructura for-
mal de los Comités debe ser reemplazada
por la estructura normal de la administra-
ción local y regional, cuya gestión y toma
de decisiones deben estar orientadas por
la planeación. El alcalde debe incluir en el
Plan de Desarrollo, elaborado con base en
su programa de gobierno, el componente de
inversiones del POT en lo relacionado con
la gestión del riesgo.
• Fortalecer el nivel departamental en su rol
articulador entre lo nacional y lo local y en-
tre los municipios de su jurisdicción. Le co-
rresponde al nivel departamental coordinar la
29 Como lo hace el Proyecto de Ley propuesto radicado en el Congreso de la
República en julio 2011 (Ingeniar Ltda., 2011).
Riesgo de desastres en la gestión pública
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