Gestión del Riesgo en Colombia Gestion Riesgo Banco Mundial Colombia | Page 129
alcalde. La interacción de los coordinadores es
principalmente con los organismos de socorro,
los entes de orden público y los organismos de
salud, pero con el resto de la administración
municipal la relación es limitada y no tiene el
apoyo necesario para la toma de decisiones por
parte del alcalde y su gabinete (Corporación
OSSO, 2009b). Esto reduce la efectiva incorpo-
ración de políticas e instrumentos estratégicos
relacionados con la temática (PD, POT, defi-
niciones presupuestales y de inversión). En la
práctica muchos de los Comités Locales cum-
plen más una función de intermediación para
la consecución de recursos, en la medida en
que los censos de damnificados y las evaluacio-
nes iniciales de impacto deben ser refrendados
por ellos para obtener dichos recursos. Esta si-
tuación ha llevado a que en la propuesta actual
para transformar el SNPAD, el CLOPAD sea
el mismo Consejo de Gobierno y, por ende, la
máxima autoridad de los procesos de la gestión
del riesgo de desastres sería el alcalde indelega-
blemente (Ingeniar Ldta., 2011).
Las entidades locales con baja capaci-
dad técnica reclaman un mayor apoyo de las
entidades nacionales (Banco Mundial, 2011a).
Gran parte del conjunto de municipios carece
del personal técnico adecuado y no cuenta con
los elementos necesarios para abordar los es-
tudios que exige la normatividad actual y que
son insumo fundamental para el ordenamiento
territorial. A diferencia de otros países, como
Estados Unidos y la mayoría de países euro-
peos, en Colombia no se dispone de servicios
geológicos e hidrometereológicos en el nivel
regional y/o local que puedan apoyar la realiza-
ción de actividades de monitoreo y evaluación
del riesgo. Por lo tanto, es necesario considerar
el fortalecimiento de capacidades en este nivel,
bajo una estrategia que combine una mayor
presencia de las entidades nacionales en el te-
rritorio por medio de procesos de desconcen-
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tración y descentralización, la articulación de
las universidades y centros de investigación, la
presencia de perfiles técnicos adecuados y la
formación de personal de las gobernaciones,
las CAR y los municipios.
Según el Decreto Ley 919 de 1989 y la
Ley 99 de 1993 las CAR asesorarán y cola-
borarán con las entidades territoriales para
los efectos de incorporar el tema de riesgo
en la planificación. En el art. 64 del Decreto
Ley 919 de 1989 se establece el apoyo de las
CAR para la incorporación del componente
de prevención de desastres en los PD de las
entidades territoriales, en especial frente al
ordenamiento urbano, las zonas de riesgo y
los asentamientos humanos, mediante la ela-
boración de inventario, análisis de zonas de
alto riesgo y el diseño de mecanismos de solu-
ción. Posteriormente, esta disposición se ratifi-
có en la Ley 99 de 1993, que en su art. 31 dicta
como función de las CAR “Realizar actividades
de análisis, seguimiento, prevención y control
de desastres, en coordinación con las demás
autoridades competentes, y asistirlas en los as-
pectos medioambientales en la prevención y
atención de emergencias y desastres; adelantar
con las administraciones municipales o distri-
tales programas de adecuación de áreas urba-
nas en zonas de alto riesgo, tales como control
de erosión, manejo de cauces y reforestación”.
El respaldo de las CAR a la gestión del
riesgo de desastres ha sido heterogéneo, tan-
to por restricciones de recursos como por
diferencias de interpretación de la norma.
En el Capítulo 3 del presente documento se
evidencia cómo esta función ha sido cumplida
de manera desigual; aunque algunas CAR ofre-
cen respaldo oportuno a los entes territoriales en
materia de información, apoyo técnico y cofinan-
ciación, un gran número de ellas da un respaldo
limitado. En general se comparte la convicción
de que las CAR deben aportar información y
Análisis de la gestión del riesgo de desastres en Colombia: un aporte para la construcción de políticas públicas