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BOLETÍN JUNIO ACTUALIZACIÓN CORPORATIVA JUNIO 2019 “COMPLIANCE” PARA EMPRESAS FASES PARA UN DEBIDO CONTROL EN LA ORGANIZACIÓN. 1. Análisis de riesgos internos. 2. Elaboración de códigos y protocolos de conducta en las áreas con riesgos detectados. 3. Implementación y capacitación. 4. Monitoreo constante del cumplimiento. 5. Realizar ajustes periódicos periódicos. El “ Compliance ” es el área que establece los procedimientos que aseguran la ética, integridad, responsabilidad y el cumplimiento normativo interno y externo, mediante la creación de programas integrales que observen a las políticas y controles adecuados, acorde con: regulaciones, leyes y reglamentos, compromisos, códigos éticos, entre otros. La implementación de “ Compliance ” en las empresas está encaminada a minimizar los riesgos legales y maximizar la reputación de los negocios a través de una cultura organizacional de cumplimiento normativo. De esta manera, se disminuye también el riesgo de que las personas jurídicas sean penalmente responsables de los delitos cometidos a su nombre, por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas proporcionen, cuando se haya determinado que además existió inobservancia del debido control en su organización. (Art. 421 del Código Nacional de Procedimientos Penales). Esto significa, que las empresas al implementar los controles necesarios (debido control en la organización) a través del “ Compliance ” contribuyen a mitigar los riesgos penales potencializando entonces las oportunidades de negocio. Así, los programas de “ Compliance ” son una tendencia en el mundo de los negocios que asegura la responsabilidad legal en las empresas, los niveles de ética, reputación y anticorrupción en las organizaciones. Derivado de lo anterior y con el objetivo de contribuir al crecimiento exponencial de las empresas, nuestro Director de Servicios Legales José Luis Carrillo Alor obtuvo su constancia como “Abogado Certificado en Compliance para Empresas”. 28