REQUISITOS PARA POSTULAR A LOS BENEFICIOS DEL FSG
— Es obligatorio para cualquier médico que se colegie a partir del 1º
de junio de 1988 pertenecer al Departamento de Solidaridad Gremial
y Bienestar.
— Para recibir cualquier beneficio se requiere estar al día en el pago
de las cuotas (Colegio y Departamento).
— Para la obtención de los beneficios señalados, el médico colegiado
deberá cotizar regularmente en el Departamento durante doce meses.
Salvo la cuota mortuoria, que se cancela a partir de los 30 días de su
afiliación, en caso de fallecimiento.
— Los médicos durante los primeros 3 años, los becados y aquellos
que completen 480 cotizaciones canceladas sólo pagan ½ cotización.
— Los médicos hasta los 9 años de profesión cancelan cuota rebajada.
— Los médicos desde los 10 años hasta completar 480 cotizaciones
cancelan cuotas enteras.
— Los médicos con 540 cotizaciones se liberan del pago de cotizaciones.
guía de servicios y beneficios
33