VIDAMÉDICA / FalmedEduca
DENUNCIA
Toda persona que
se siente afectada
por un hecho puede
denunciarlo ante:
· Ministerio Público
· Carabineros
· PDI
· Tribunales
· Gendarmería
El FISCAL decide discrecionalmente
en qué momento toma la declaración de
testigos y de la o las personas sindicadas
como supuestas responsables del hecho.
Asimismo, es su decisión si incauta o no
documentos, si pide evidencias fotográfi-
cas, caligráficas u otras de diversa índole
que estime pertinente. Las diligencias que
afecten derechos, el Fiscal debe realizarlas
con autorización del Juez.
El IMPUTADO que se sienta
afectado por una investigación
puede solicitar ser formalizado.
DECISIÓN DE
FORMALIZAR
Es el simple acto de comunicación en
que el Fiscal, frente al Juez de Garantía,
le informa al imputado los delitos que se
le atribuyen y su grado de participación.
Existen distintas
opciones para
terminar una
causa, algunas de
ellas son:
Juicio Oral ante un
Tribunal de Juicio Oral:
Para penas que
comienzan en
541 días de presidio.
Tres Jueces conocen
el caso, las pruebas,
testimonios y determi-
nan la culpabilidad o
inocencia del imputado.
Cuando el Fiscal
decide formalizar,
le solicitará al
Juez de Garantía
la realización de
una audiencia en
fecha próxima.
El Juez cita al
Imputado, a su
Defensor y a los
demás intervi-
nientes en el
procedimiento.
La audiencia no se
podrá realizar sin
el imputado o
cuando el abogado
defensor no es de
su confianza.
La VÍCTIMA tiene derecho a participar en
la investigación, generalmente a través de
la querella criminal (ejercicio de la acción
penal) que se presenta en el Juzgado de
Garantía respectivo. Esto la faculta, no
solo para solicitar diligencias de
investigación, sino para: adherirse a la
acusación del Fiscal, participar en el
juicio oral, oponerse al sobreseimiento y
forzar la acusación (en el caso de que el
Ministerio Público decida no continuar
con la investigación o sobreseer la causa).
SOLICITUD DE AUDIENCIA
Contempla la siguiente información:
Individualización del imputado:
nombre, RUT, edad, dirección, etc.
Indicación del delito:
grado de comisión (tentado,
consumado, frustrado)
Fecha y lugar de ocurrencia
Grado de participación del imputado:
como autor, cómplice o encubridor
MEDIDAS CAUTELARES
Se le imponen al
imputado para
asegurar el éxito de la
investigación, posibi-
litando que acuda a
todas las diligencias
o evitar su fuga (en el
caso de delitos que
tienen asignada una
alta pena efectiva o
privativa de libertad).
AUDIENCIA DE
FORMALIZACIÓN
PLAZO DE INVESTIGACIÓN
2
años
máx.
Si el imputado queda en libertad,
abandona la sala y retira la cédula
de identidad.
TÉRMINO
DE LAS
CAUSAS
VÍCTIMA, DENUNCIANTE
o QUERELLANTE
INVESTIGACIÓN
CITACIÓN A
AUDIENCIA
· El Imputado debe ir a escuchar al Fiscal
y responder lo que el Juez le pregunte,
que en general tiene relación con sus
datos personales y si entendió los
hechos relatados, en ningún caso si está
o no de acuerdo con lo dicho por el Fiscal.
Si una persona ha sido sorprendida come-
tiendo un delito flagrante, será detenida y
puesta a disposición de un Juez en las si-
guientes 24 horas para que el Fiscal expon-
ga los motivos de su detención
FISCAL
FORMALIZACIÓN
· Con la formalización se suspende el
c