Un Estado con derecho, pero no un Estado de Derecho
Las Cortes
Nacimiento de las Cortes Franquistas: Ley del 17 de Julio de 1942.
Desplazó al Consejo Nacional de FET y de las JONS que a partir de 1958 se llamó C.N. del Movimiento y se convierte en una isntitución desprovista de funciones concretas.
Aunque con funciones legislativas, Las Cortes estuvieron sometidas a Franco quien, a través de las Leyes de Prerrogativa, se reservó la facultad de dictar normas de carácter general cuando lo creyera conveniente.
No tenía un número fijo de miembros, actuando en él siete grupos:
- El grupo político: Miembros del Consejo Nacional.
- El grupo sindical: Representantes de la OSE (Organización Sindical español).
- El grupo local: Altos cargos de los municipios y de las provincias.
- El grupo cultural: rectores, directores de las Reales Academias y demás isntituciones científicas.
- El grupo profesional: delegados de los colegios de licenciados e ingenieros y de las Cámaras oficiales de comercio.
- El grupo de altos cargos de la administración.
- El grupo de nombramiento directo reservado al Jefe del Estado.
Ernesto Giménez Caballero fue Procurador en Cortes en la primera legislatura de estas (1943-1946) al ser miembro del Consejo Nacional de FET y de las JONS.
Fuente : "Las primeras Cortes del franquismo, 1942-1967." Dialnet.
Miembros en la primera legislatura: Metapedia. I Legislatura de las Cortes.