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SECCION
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CHRXD

Integración, Acciones y Tareas desarrolladas por la Comisión
La CHRXD fue instalada en marzo de 2007 en cumplimiento de la Ley No. 17.817 del 2005 y Decreto 152 / 006 de 30 de mayo de 2006.
Se encuentra integrada por representantes de:
Ministerio de Educación y Cultura( titular Directora de la DNE Mag. Rosita Ángelo, y suplentes José Mignone y Matías García), que la preside. Ministerio del Interior( Luisa Casalet – Área Étnico Racial). Ministerio de Relaciones Exteriores( Lic. Fiorella Prado Sec. del Servicio Exterior Dir. de Derechos Humanos y Derecho Humanitario). Dirección de DDHH del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública( Prof. Verónica Massa y Mtra. Ps. Alicia Musso). Ministerio de Desarrollo Social( Lic. Onnika Santos – Departamento de Mujeres Afro de INMUJE- RES), por decreto reglamentario de la Ley 19.122.( Hasta el 21 de marzo, inclusive) Actualmente: Federico Graña Dirección Nacional de Promoción Sociocultural. La Secretaría de Derechos Humanos de Presidencia de la República aporta la secretaría jurídica( Dra. Alicia Saura) y representantes de la sociedad civil designados por el Presidente de la República, propuestas por organizaciones no gubernamentales que cuentan con conocida trayectoria en la lucha contra el racismo, la xenofobia y toda otra forma de discriminación. Las mismas son: Procuradora Martha Giménez de la Asociación de Discapacitados Independientes y Tercera Edad( DITEC); y el Lic. Julio Césano de la Asociación Afroiberoamericana. Actualmente se cuenta con asistencia en secretaría y comunicación( Cecilia Pérez) y técnica( Lic. Macarena Gómez), con respaldo del MEC.
1. Principales acciones realizadas acorde a las competencias asignadas
La Comisión define desde su instalación en 2007, una metodología de trabajo que apuesta a articular permanentemente, sumando esfuerzos y fortaleciéndonos en la complementariedad de acciones. 2.1. Peticiones sobre discriminación, y articulación interinstitucional para el asesoramiento y la atención Dentro de las competencias asignadas a la Comisión, ocupan gran parte del trabajo las establecidas en la Ley N ° 17.817 / 04 en su artículo 5 º, literales G e I:
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