El Observatorio Uruguayo Junio 2018 ELOBSERVATORIO junio 2018 | Page 12

SECCION 12 - Sistema Nacional de Atención a Víctimas de Discriminación: la Comisión participa de este siste- ma, que en sus primeros pasos implica la firma de actuación conjunta entre la Comisión y la Insti- tución Nacional de Derechos Humanos, de un protocolo de actuación ante denuncias o peticiones de casos de discriminación. Se trata del protocolo para formalizar la coordinación de las acciones, que ya se llevan adelante, en principio, entre la INDDHH y la CHRXD, que apunta a evitar la du- plicación de acciones y superposición de roles y tareas. Este sistema se ha presentado en los departamentos de Florida y Artigas, donde ya se cuenta con puntos focales. 2.2 Análisis de la realidad en materia de discriminación, difusión de principios y elaboración de propuestas La Comisión también posee la función de “Analizar la realidad nacional en materia de discri- minación, racismo y xenofobia, elaborar informes y propuestas, y plantear al Poder Ejecutivo la creación de normas jurídicas específicas o modificación de las ya existentes en su área de competencia”; así como la de “Difundir los principios contenidos en el literal J), del artículo 6º del Decreto-Ley Nº 10.279, de 19 de noviembre de 1942, y en los artículos 149 bis y 149 ter del Có- digo Penal, normas concordantes y complementarias, así como los resultados de los estudios y propuestas que formule y promueva”(Art. 5º, literal A y B de la Ley Nº 17.817). 2.3 Educación en Derechos Humanos y a favor de la lucha contra el racismo, la xenofobia y toda otra forma de discriminación Con el propósito de “Diseñar e impulsar campañas educativas tendientes a la preservación del pluralismo social, cultural o re- ligioso, a la eliminación de actitudes racistas, xenofóbicas o dis- criminatorias y en el respeto a la diversidad” (Art. 5º, literal D), durante 2017, la Comisión, en el marco del Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos, avanzó en lo siguiente: PETICIONES: Desde el año 2007 has