El Observatorio Uruguayo de DITEC Abril - Mayo 2019 | Page 64

64 65 INEFOP INEFOP -en el marco de lo dispuesto en la Ley de Protección Integral a las Personas con Discapacidad (N° 18.651. 2010), lo desarrollado en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU. 2006), por los diferentes Convenios y Recomendaciones de OIT y bajo el lineamiento estratégico de “Cultura del Trabajo para el Desarrollo (MTSS. 2015-2020)- diseña y ejecuta políticas activas de empleo para las Personas con Discapacidad en todo el territorio nacional. VIDEO La Orientación educativo laboral, así como la capacitación profesional, se consideran derechos de las Personas con Discapacidad, para lo cual INEFOP dispone, a través del Fondo de Re- conversión Laboral (FRL), el financiamiento, diseño, ejecución y monitoreo de esas acciones que permiten, en clave de equidad e inclusión educativa, poner en igualdad de condiciones de acceso a la formación para el empleo a este colectivo. En definitiva, se trata de promover y concretar la accesibilidad física, comunicacional y cur- ricular, facilitando a las Personas con discapacidad estar en igualdad de condiciones para el aprendizaje y así ejercer el derecho al trabajo. De esta forma se procura que incorporen la cultura del trabajo como herramienta de desarrollo personal, inclusión social y económica. Fuente: INEFOP El Observatorio Uruguayo | abril - mayo 2019 El Observatorio Uruguayo | abril - mayo 2019