El Observatorio Uruguayo de DITEC Abril - Mayo 2019 | Page 64
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INEFOP
INEFOP -en el marco de lo dispuesto en la Ley de Protección Integral a las Personas con
Discapacidad (N° 18.651. 2010), lo desarrollado en la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad (ONU. 2006), por los diferentes Convenios y Recomendaciones
de OIT y bajo el lineamiento estratégico de “Cultura del Trabajo para el Desarrollo (MTSS.
2015-2020)- diseña y ejecuta políticas activas de empleo para las Personas con Discapacidad
en todo el territorio nacional.
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La Orientación educativo laboral, así como la capacitación profesional, se consideran derechos
de las Personas con Discapacidad, para lo cual INEFOP dispone, a través del Fondo de Re-
conversión Laboral (FRL), el financiamiento, diseño, ejecución y monitoreo de esas acciones
que permiten, en clave de equidad e inclusión educativa, poner en igualdad de condiciones de
acceso a la formación para el empleo a este colectivo.
En definitiva, se trata de promover y concretar la accesibilidad física, comunicacional y cur-
ricular, facilitando a las Personas con discapacidad estar en igualdad de condiciones para el
aprendizaje y así ejercer el derecho al trabajo.
De esta forma se procura que incorporen la cultura del trabajo como herramienta de desarrollo
personal, inclusión social y económica.
Fuente: INEFOP
El Observatorio Uruguayo | abril - mayo 2019
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