El día de hoy 10 de Noviembre se publicó el decreto por el que se reforman los artículos 48, 54 y Cuarto Transitorio de la Ley General de Turismo, relacionados con la inscripción en el Registro Nacional de Turismo, la cual es obligatoria para los prestadores de servicios turísticos y con la emisión del Reglamento de la Ley general de turismo, que deberá ser emitido en los siguientes 180 días a partir de la publicación de este decreto.
Inscripción en el Registro Nacional de Turismo
10 - Nov - 2014