Les notificamos que el día de hoy se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los siguientes avisos:
AVISO de Cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-037-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Fiebre Porcina Clásica, publicada el 29 de octubre de 1996.
La razón estipulada en el aviso es: “Que derivado de que la fiebre porcina clásica fue erradicada de los Estados Unidos Mexicanos, es necesario establecer un instrumento de vigilancia e investigación epidemiológica de esta enfermedad, con la finalidad de evitar la reintroducción del virus de la fiebre porcina clásica a la porcicultura nacional”.
Y el AVISO de Cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-005-ZOO-1993, Campaña Nacional contra la Salmonelosis Aviar, publicada el 1 de septiembre de 1994.
Siendo las razones; “Que una vez erradicada la salmonelosis aviar de la avicultura nacional, ocasionada por la pulorosis y tifosis aviar, se desregulan las actividades de la campaña enfocadas a su control y erradicación, por lo que se mantendrán actividades de vigilancia epidemiológica, considerándola como una enfermedad exótica.
Que la salmonelosis aviar, es el nombre genérico con el cual se conoce a las enfermedades bacterianas provocadas por Salmonella pullorum (Pulorosis) y Salmonella gallinarum (Tifosis Aviar), las cuales han sido erradicadas en varios países con un gran potencial en la producción de aves”.
Por tanto las secciones 12.2 y 11.1 de nuestra compilación de Legislación mexicana aplicable a las actividades pecuarias quedan sin efecto; de cualquier manera las mantendremos en nuestra página web, con la indicación de NOM cancelada, como material de consulta para quienes les interese el tema.
Legislación mexicana aplicable a las actividades pecuarias
23 - Jul - 2014