edicion cambio Edición 18-06-19 | Page 12

12 internacional martes 18 de junio de 2019 www.cambio.bo @cambio_bo /periodicocambio.bo ó Por primera vez los residentes en Estados Unidos pudieron sufragar AFP / Cambio Y Y Guatemala irá a un balotaje en agosto para escoger a su próximo presidente, seguramente entre la socialdemócrata Sandra Torres y el derechista Alejandro Giammattei, según los últimos recuentos electorales. Socialdemócrata y derechista van al balotaje en Guatemala Los resultados del Tribunal Su- premo Electoral (TSE), con 97% de las 21.099 mesas escrutadas, dan a Torres 25,67% de los sufragios, por delante Giammattei, que aparece con 13,93%. Se requieren más del 50% de los votos para ga- nar en primera vuelta. Torres, de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), y Giam- mattei, del derechista Vamos, superan al abanderado del Par- tido Humanista, Edmund Mulet (11,98%), y a la izquierdista indí- gena Thelma Cabrera (10,38%). A pesar de que está escrutada casi la totalidad de los votos, los magistrados de TSE dijeron en rueda de prensa que no pueden Tras divulgarse los datos parciales, la candidata presidencial Sandra Torres, de 63 años, convocó a la “unidad nacional” porque “se necesita limpiar el Estado de la corrupción”, dijo. Aspirante ó Torres fue primera dama con Álvaro Colom, de quien se divorció en 2011. ó ”No podemos seguir dividi- dos”, dijo quien busca ser la primera mujer en gobernar. anunciar los nombres de los can- didatos que disputarán la segun- da vuelta el 11 de agosto. El presidente del TSE, Julio So- lórzano, aclaró que la ley contem- Una ciudadana consulta a los delegados electorales. pla cinco días para que los parti- dos puedan impugnar resultados en algunos municipios, y por ello no pueden adelantar los nombres del primer y segundo lugar. Insistió que, de momento, son resultados provisionales su- jetos a impugnaciones y, “mien- tras no se resuelva ese tema, no tendremos los resultados defini- tivos de esta elección”. “La diferencia es muy alta, ella (Sandra) tiene asegurado el primer lugar, y Giammattei el segundo”, dijo Luis Linares. ó argentina, Uruguay 44 millones de personas sintieron el apagón EDICTO LA GERENTE REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional – Paula Jimena Troche Garcia, de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86 del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza a la Sra. MAGDALENA SAIRE CHAPI con C.I. 6773781 LP.; con la RESOLUCIÓN DETERMINATIVA POR UNIFICACION DE PROCEDIMIENTOS AN-GRLGR-ULELR-RESDET-295-2019 de fecha 07/05/2019, debiendo apersonarse ante las oficinas de la Gerencia Regional La Paz ubicada en la ciudad de El Alto Av. del Policía Nº 637 entre calle Diego de Portugal y Av. Ballivian Otero y sea en un plazo perentorio de 20 días calendario a partir de su legal notificación o alternativamente, interponer los recursos en los plazos que la ley dispone. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------- PARTE PERTINENTE DE LA RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLGR-ULELR-RESDET-295-2019. --------------------------------- La Paz, 07 de Mayo de 2019. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- VISTOS: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ La Orden de Control Diferido 2018CDGRL0001237 de 01/08/2018, Vista de Cargo por Unificación de Procedimientos AN-GRLGR-UFILR- VISCAR-731-2018 de 15/10/2018, diligencias de notificación, el Informe AN-GRLGR-UFILR-I-4215/2018 de 19/12/2018, y, --------------------- POR TANTO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- La Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional, en uso de sus atribuciones conferidas por Ley; ------------------------------------------------------- RESUELVE: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- PRIMERO.- DETERMINAR de oficio las obligaciones aduaneras de la Operadora Magdalena Saire Chapi con C.I. 6773781 LP., por concepto de diferencia de valor, diferencia en flete y diferencia en seguro, afectando a los Tributos Aduaneros GA, IVA, ICE e intereses en la tramitación de la Declaración Única de Importación 2016/201/C-14635 de 06/05/2016 por el monto que asciende Bs6,448.00 (Seis mil cuatrocientos cuarenta y ocho 00/100 Bolivianos) equivalente a UFV’s2,821.90 (Dos mil ochocientos veintiún 90/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), por concepto de Tributo Omitido, Mantenimiento de Valor e Intereses, calculados al 15/10/2018, conforme lo siguiente: ---------------------------------------------- N° Corr 1 DOCUMENTO ADUANERO (DUI) Fecha DUI 2016/201/C-14635 06/05/2016 Fecha de Vencimiento 11/05/2016 Valor FOB no declarado Bs 10,607.00 Valor CIF no declarado Bs Tipo de Tributo Aduanero GA 14,482.00 IVA ICE Monto del Tributo Intereses del Tributo Omitido Omitido 15/10/2018 15/10/2018 Bs UFVs Bs UFVs 1,560.00 682.74 162.00 70.90 2,565,00 1.122,58 266,00 116.42 1,717.00 751.45 177.78 77.81 TOTAL DE LA DEUDA TRIBUTARIA AFP/ Cambio Y Y Las causas del inédito apagón que dejó a oscuras a Argentina y Uruguay el domingo por más de 12 horas aún se desconocen, aunque el Gobierno argentino consideró imposible una nueva falla de esa magnitud. MONTO TOTAL 15/10/2018 Bs. UFV 1,722.00 753.64 2,831.00 1,219.00 1,894.78 829.26 6,448.00 2,821.90 El apagón que comenzó a las 07.07 del domingo afectó a 44 millones de personas en Argen- tina y a 3,4 millones en Uruguay. En Argentina solo la austral provincia de Tierra del Fuego, de apenas 150 mil habitantes, que- dó a salvo del masivo apagón. El servicio se restableció en for- ma escalonada y progresiva en un proceso que llevó más de 10 horas. Este lunes aún quedaban más de 30 mil usuarios sin PJTG JEVC/GEMA/EFFT c.c. Expediente HR. UFILR2018-823 Nota: Deuda tributaria actualizada al 15/10/2018, UFV a Bs 2.28491, tasa de interés activa de paridad referencial de 4% conforme lo establece el artículo 47 del Código Tributario Boliviano (modificado por la Ley N° 812 de 30/06/2016). ---------------------------------------------------------------- SEGUNDO.- CALIFICAR la conducta de la Operadora Magdalena Saire Chapi con C.I. 6773781 LP., como “OMISIÓN DE PAGO”, por adecuarse a lo establecido por el Art. 165 de la Ley N° 2492 – CTB. SANCIONAR a la Operadora con una multa igual al 100% del tributo omitido establecida en UFV’s2.556,77 (Dos mil quinientos cincuenta y seis 77/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), monto calculado a la fecha de vencimiento de la Declaración Única de Importación 2016/201/C-14635 de 06/05/2016, correspondiente a las obligaciones tributarias que fueron sujetas a control por concepto de GA, IVA e ICE. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- TERCERO.- EXTINGUIR la contravención aduanera de “Ausencia de datos o datos incompletos o llenado incorrecto de datos sustanciales consignados en el Anexo 1D” correspondiente a la Declaración Andina del Valor N° 1670897 de 05/05/2016, prevista conforme el inciso h) del Art. 186 de la Ley General de Aduana, tipificada y sancionada de acuerdo al numeral 1 de la Sección: Declaración Andina del Valor (DAV) del Anexo 1 de la Resolución de Directorio N° RD 01-017-09 que Aprueba la Actualización y Modificación del Anexo de Clasificación de Contravenciones Aduaneras y Graduación de Sanciones aprobado mediante RD 01-012-07 de 01/10/2007, atribuida a la Operadora Magdalena Saire Chapi con C.I. 6773781 LP., en atención a lo previsto en la Ley N° 1105 de 28/09/2018. -------------------------------------------------------------------------------------- CUARTO.- INTIMAR a la Operadora Magdalena Saire Chapi con C.I. 6773781 LP., al pago de los importes determinados en los literales primero y segundo de la presente Resolución Determinativa, importes que serán re liquidados conforme lo previsto en el Artículo 47 de la Ley N° 2492 (CTB), modificado por la Ley 812, Artículo 42 del D.S. 27310 – RCTB modificado por el D.S. 2993 de 23/11/2016 Reglamento a la Ley 812 de 30/06/2016. Por otra parte, la Operadora podrá acogerse a lo previsto en la Ley N° 1105 de 28/09/2018 modificada por la Ley N° 1154 de 27/02/2019 y la Ley N° 1172 de 02/05/2019, en el periodo y condiciones establecidas en las mismas. ----------------------------------------------------- QUINTO.- COMUNICAR a la Operadora Magdalena Saire Chapi con C.I. 6773781 LP., que de acuerdo a la Ley N° 812 de 30/06/2016 que modifica la Ley N° 2492 de 02/08/2003 – Código Tributario Boliviano, podrá acogerse al beneficio de reducción de sanciones conforme lo establecido en los numerales 2 y 3 del Art. 156 de la precitada Ley correspondiente a la Multa por Omisión de Pago, antes de la ejecutoria de la presente resolución. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ SEXTO.- En caso de no estar de acuerdo con la presente determinación, la Operadora podrá impugnar el presente acto administrativo dentro del plazo de quince (15) días de acuerdo a lo establecido en el numeral 2 del Art. 174 de la Ley N° 1340 de 28/08/1992 o, dentro el plazo de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido en el Art. 143 de la Ley N° 2492 de 02/08/2003, computables a partir de su legal notificación con la presente Resolución, bajo alternativa de iniciarse la Ejecución Tributaria, conforme prevé el Art. 108 de la Ley N° 2492 – CTB. ------------------------------- Regístrese, notifíquese y cúmplase. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Firma y Sella: Paula Jimena Troche Garcia – GERENTE REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional de Bolivia. ----------------------------------- Firma y Sella: Jorge E. Vildoso Cardenas – JEFE UNIDAD LEGAL a.i. – GERENCIA REGIONAL LA PAZ – Aduana Nacional. ------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 07/06/2019: (…) notifíquese mediante EDICTOS a la Sra. MAGDALENA SAIRE CHAPI con C.I. 6773781 LP., con la RESOLUCIÓN DETERMINATIVA POR UNIFICACION DE PROCEDIMIENTOS AN-GRLGR-ULELR-RESDET-295-2019 de fecha 07/05/2019, sea conforme establece el artículo 86º del Código Tributario – Ley Nº 2492. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Firma y Sella: Paula Jimena Troche Garcia – GERENTE REGIONAL LA PAZ-Aduana Nacional. -------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: PAULA JIMENA TROCHE GARCIA - GERENTE REGIONAL LA PAZ - ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA. ----------- Una mujer alumbra su cocina con dos velas. energía eléctrica en la provin- cia de Buenos Aires, afectada por un temporal de lluvia, se- gún reportó el Ente Regulador de la Electricidad (ENRE). La falla que ocasionó el his- tórico apagón aún está bajo estudio. Según las autorida- des argentinas, saber lo que ocurrió demandará al menos 15 días, el tiempo necesario para analizar miles de datos recogidos en los informes que entregarán las distribuido- ras de electricidad Cammesa y Transener, según explicó el secretario de Energía, Gusta- vo Lopetegui. De todas maneras se sabe que el fallo se produjo en el sis- tema de transporte desde Ya- cyretá, la represa binacional ubicada entre los países de Ar- gentina y Paraguay.