Ecuador 21 -Planificación y Transparencia ED1 | Page 30

Informe Especial Planificación y Transparencia Las reformas se plantean para mejorar integralmente el marco normativo del emprendedor y el ecosistema en general. Pidieron también que el Consejo Nacional para el Emprendimiento e Innovación esté conformado por menos miembros, la idea es que no se cree burocracia y se dé agilidad y rapidez a las solicitudes de los emprendedores. Otra de las peticiones para incluir en el informe fue la necesidad de que existan tasas de crédito preferenciales para la circunscripción amazónica, zonas fronterizas, migrantes retornados y afectados del terremoto de abril de 2016. Beneficios de la ley Se regula la creación, funcionamiento y atribuciones del Consejo Nacional para el Emprendimiento e Innovación (CNEI), la Secretaría Técnica del Consejo Nacional para el Emprendimiento e Innovación y la Estrategia Nacional de Emprendimiento e Innovación. 28 A la vez se contempla la creación del Registro Nacional de Emprendimiento (RNE), la generación de una Guía Nacional de Emprendimiento por parte de la Secretaría Técnica CNEI para que provea de información Crédito: freepik macroeconómica, legal, tributaria, sectorial, laboral, financiera del ecosistema del emprendedor. Así también habrá acceso prefe- rente a los servicios financieros y a los fondos de inversión públicos, a través capital semilla, capital de riegos e inversión ángel (platafor- mas de inversión). En otro aspecto, la norma tiene previsto promover el establecimiento de una for- mación teórica y práctica para el emprendimiento, fortalecer acti- tudes y aptitudes en el estudiante (secundario y nivel superior), con el objetivo de mejorar las capa- cidades, habilidades y destrezas que permitan emprender con éxito iniciativas productivas. En la Ley también se habla de plataformas de fondos colabora- tivos o “crowdfunding”, los cuales conectan mediante plataformas de internet a personas públicas, privadas o de la economía popular y solidaria, denominadas promo- tores, que requieren capital para un determinado proyecto, con o sin ánimo de lucro; con otras per- sonas, denominadas inversores, interesadas en aportar sus recur- sos para la consecución de dichos proyectos, bajo determinadas condiciones y a través de distintas categorías. Se espera que en marzo la ley entre al primer debate en la Asamblea Nacional. Crédito: freepik