Ecuador 21 -Planificación y Transparencia ED1 | Page 28
Informe Especial
2020
Planificación y Transparencia
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arriesgarse para innovar, para cre-
cer, para generar empleo y esté
todo más estructurado. El gran
objetivo de la ley es que busca que
se dé un salto económico de los
emprendedores, que dejen de ser
unos microemprendedores y que
se vuelvan empresas que generen
empleo e innovación”, dijo Zurita.
AEI espera que en septiembre de
este año esté el RNE, esto tras la
aprobación de la ley en el pleno de
la Asamblea y el veto del Ejecutivo
cuyo plazo es de 30 días. Además
estiman que alrededor de 27
reglamentos se deben emitir en
las distintas carteras de Estado
y aspiran a que en el veto del
Ejecutivo se incluyan objetivos
tributarios en beneficio de los
emprendedores.
Otros aspectos de la ley
• El emprendedor deberá afiliar
al Seguro Social a sus trabaja-
dores y en caso de terminar la
relación laboral antes de un año
debe pagar el valor adeudado
hasta la fecha de terminación
de la relación. El Ministerio de
Trabajo desarrollará modalida-
des contractuales a emplearse
en el trabajo emprendedor.
• El artículo 16 dispone la obliga-
ción del pago del saldo insoluto
contenido en facturas que emita
todo emprendimiento inscrito
en el RNE a sociedades que no
estén en el registro o que sean
por entidades del sector público
deberá ser satisfecha en máximo
30 días.
• En la disposición transitoria
tercera se contempla que en
un plazo de 90 días después de
la publicación de la ley se darán
procedimientos simplificados
para el registro de derechos
intelectuales y tendrán tasas
preferenciales.
Debate
Instituciones como El ministerio de Producción, Comercio
Exterior, Inversiones y Pesca, han aportado a que las
reformas planteadas mejoren integralmente el marco
normativo del emprendedor y el ecosistema en general.
• En el capítulo VIII se contempla el proceso de reestructuración de
emprendimientos que no han sido declarados en disolución. El proceso
debe solicitarse a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
o Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.
Durante el debate, en 30 interven-
ciones, los asambleístas destaca-
ron que la ley es fundamental para
el progreso nacional, la creación de
fuentes de trabajo, mantenimiento
de la dolarización y la generación
de divisas. Resaltaron que con la norma habrá reducción de trabas, sim-
plificación de trámites, un esquema ágil de créditos y financiamiento.
También apuntaron que se deben establecer mecanismos de reestructu-
ración de emprendimientos para que las empresas no cierren, quiebren
o salgan del mercado.
Al mismo tiempo, destacaron que se requiere políticas públicas por parte
del Estado para que las iniciativas tengan éxito, se habló de incentivos,
seguridad jurídica, capacitación, asistencia técnica, estudios de mercado
y planes de negocios. Insistieron que con la norma nace una nueva espe-
ranza para que las familias tengan empleo digno y el país sea próspero.
Además, solicitaron la colaboración de la banca pública y privada para
el otorgamiento de créditos.
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• Los emprendimientos ubicados dentro de la franja de cuarenta
kilómetros desde la línea de frontera tendrán atención preferencial.
En el 2018, un estudio que realizó la Escuela de Negocios de la Espol
para el Global Entrepreneurship Monitor, Ecuador tenía la Actividad
Emprendedora Temprana TEA más alta de la región. Además determinó
características: que el emprendedor ecuatoriano tiene en promedio 36
años, que su negocio está orientado al consumidor, que el 48,8% proviene
de hogares con ingreso mensual entre $ 375 y $ 750, cuenta con al menos
11 años de escolaridad. Además, el 33.4% tiene un empleo adicional a
su negocio, el 50.2% es autoempleado.
“Lo que busca la ley es que de ese gran número de innovadores, los que
quieran hacer productos diferentes, los que quieran dar el salto tengan un
marco regulatorio que les permita arriesgarse con un marco estructurado,
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