DH Indistrias 2010 C.A Manual de procedimientos (solicitud de vacaciones) | Page 28

Ley Orgánica de trabajo para las trabajadoras y los trabajadores  Art. 121 Salario para vacaciones: Tal como lo señala este artículo "El salario base para el cálculo de lo que corresponda al trabajador o trabajadora por concepto de vacaciones, será el salario normal devengado en el mes efectivo de labores inmediatamente anterior a la oportunidad del disfrute”, se lleva a efecto en el procedimiento descrito anteriormente.  Art. 190 Vacaciones: Según lo establecido en este artículo, “Cuando el trabajador o la trabajadora cumpla un año de trabajo ininterrumpido para un patrono o una patrona, disfrutará de un período de vacaciones remuneradas de quince días hábiles. Los años sucesivos tendrá derecho además a un día adicional remunerado por cada año de servicio, hasta un máximo de quince días hábiles”.  Art. 200 Oportunidad del disfrute vacacional: El presente artículo específica que “La época en que el trabajador o la trabajadora deban tomar sus vacaciones anuales será fijada por convenio entre el trabajador o la trabajadora y el patrono o la patrona”.  Articulo 203 Registro de vacaciones: Según este artículo “El patrono o la patrona llevara un registro de vacaciones, según lo establezca el reglamento de esta ley”.